Indemniizacion

Tengo un par de preguntas que me gustaría me respondiese si puede:
- ¿Este año he recibido una indemnización de 4800? De un juicio favorable ganado a una auditora. La pregunta es ¿lo tengo que declarar? ¿En qué casilla o apartado de la declaración se pone?
-La otra es referente a la vivienda. ¿En caso de separación y venta de la vivienda del matrimonio, hay que declarar las ganancias de la venta de la vivienda?

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Las indemnizaciones por despido son rentas exentas de IRPF, siempre y cuando no superen el máximo fijado por el Estatuto de los trabajadores. Si es superior, habría pagar el exceso que supere ese máximo. En cualquier caso, la empresa que te ha despedido debe enviarte el certificado de rentas obtenidas y que ha declarado a Hacienda donde constará la indemnización como renta exenta. Creo que no existe casilla en la renta para poner las indemnizaciones.
Respecto a tu segunda pregunta las ganancias por venta de vivienda son ganancias/pérdidas patrimoniales y por tanto debes declararlas.
Hola buenos días.
Quizá me explicado mal. No se trata de una indemnización por despido laboral. Se trata de que una auditora audita mal las cuentas de una cooperativa, la cooperativa se arruina y los socios demandamos a la auditora por haber certificado cuentas erróneas y como consecuencia de ello perdemos una cantidad de dinero. Las auditoras tienen unos seguros que respaldan sus acciones y como hemos ganado el juicio a esta aseguradora le ha correspondido pagar con intereses la indemnización de la que hablo.
Con carácter general, cuando la indemnización percibida se determine expresamente como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, la exención alcanzará hasta la cuantía legal o judicialmente reconocida. Por tanto la indemnización estará exenta en las siguientes cuantías:
- Si se cuantifica por un Juez o Tribunal o si se establece mediante intervención judicial, estará exenta cualquiera que sea su cuantía. La expresión en la cuantía judicialmente reconocida, no se limita a la cuantificación en sentencia dictada por un juez o tribunal, sino que ampara también aquellos casos en los que exista una aproximación voluntaria de las partes en conflicto, siempre que haya algún tipo de intervención judicial. Así, a titulo de ejemplo, se pueden citar: acto de conciliación judicial, allanamiento, renuncia, desistimiento y transacción judicial.
- Si se fija por acuerdo extrajudicial sólo esta exenta en la cuantía legalmente reconocida, y no exenta por el exceso. En este caso, si no existe norma legal que fije la cuantía la indemnización tributará en su totalidad, al no gozar ni siquiera parcialmente de exención.
En consecuencia, si las cantidades percibidas corresponden expresamente a una indemnización por responsabilidad civil del empresario, quedan exentas del Impuesto según lo indicado.

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