Vivienda habitual + deducción por hijo, pareja no casada

Tengo varias dudas respecto a varios temas para realizar mi declaración de la renta 2012.

Convivo con mi pareja, en una casa de su propriedad y para la cuál él se desgrava en concepto de vivienda habitual cada año. Yo estoy empadronada con él (y hacienda tiene ese domicilio como domicilio mio) y el año pasado hemos tenido una hija en común, que también está empadronada en este domicilio.

Yo por mi parte, en 2008 he comprado (con una cuenta vivienda) un solar en el cuál he construido una casa. En 2008 me desgravé por compra, en 2009 y parte de 2010 por construcción y desde entonces sigo desgravándome por adquisición ya que tengo un préstamo para esta casa. Mi duda es la siguiente: Al no estar empadronada ahí, ¿puedo decir en mi declaración que es mi vivienda habitual? ¿O puedo seguir desgravándome por esta vivienda (100% mía) aunque aparezca como viviendo en la casa de mi pareja?

Ahora tengo además otra duda respecto a nuestra hija. Al no estar casados creo que solo uno de los dos puede hacer declaración conjunta con nuestra hija y el otro la hará individual ¿es así? (Aunque de todas formas me imagino que al que la hace individual tiene que poner también los datos de nuestra hija ¿no?).

En la realidad, como ya te he comentado, vivimos los 3 juntos... Pero si tengo que poner que vivo finalmente en la vivienda de mi propiedad entonces se entenderá que no vivimos los tres juntos y entonces creo que las condiciones de la declaración cambian ¿no?. Yo en principio seguiré empadronada en la casa de mi pareja, ¿esto supone algún problema si pongo que mi vivienda habitual es la otra?

2 respuestas

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La casa que has construido no es tu vivienda habitual y no debes haberte desgravado por ella. A parte de estar empadronada en casa de tu pareja, tienes como domicilio fiscal la casa de tu pareja, con lo cual se entiende a efectos fiscales que vives en el domicilio de tu pareja.

Para poder deducirte por adquisición de vivienda habitúal debes estar empadronada y como tu domicilio fiscal debe figure la casa que has construido.

Respecto a vuestra hija. La podéis incluir los dos en vuestra declaración de la renta, indicando que vivís los 3 juntos. En vinculación debes poner clave D Hijos del primer declarante si también conviven con el otro progenitor y en otras situaciones - clave 3 Hijo del primer declarante si este ultimo convive que el otro conyuge sin medir matrimonio entre ellos.

De esta forma el programa padre prorratea entre ambos progenitores las deduciones por nacimiento de un hijo y el minimo personal.

Espero haberte ayudado.

Para cualquier otra consulta sobre la declaracion de la renta, puedes contactar con nosotros a traves de nuestra asesoria online o a traves de Facebook.

Muchas gracias por la rapidez en contestar, aunque sigo con dudas y me gustaría aclarar algunas cosillas.

Me desgravé por adquisición y a continuación por construcción ya que compré un solar en el cual construí una casa. La obra empezó a finales de 2009 y terminó en diciembre de 2012, por lo que difícilmente podría ser mi vivienda habitual antes de que se haya terminado la obra ¿no? Me imagino que al ser construcción existe un plazo razonable para que la persona pueda terminar la casa y así poder vivir en ella ¿no?....o sea que es lógico que mi domicilio fiscal haya sido otro durante estos años. Ahora que la obra está terminada (aunque sigo esperando la licencia de primera ocupación) entiendo que esa vivienda tenga que ser mi vivienda habitual, aunque visto que se terminó a finales de 2012, entiendo que para la declaración de 2012 puedo considerar todavía que no lo sea ¿no?

Técnicamente voy a pasar 4 días a la semana en casa de mi pareja y 3 en la mía ¿es suficiente para considerarse vivienda habitual?

Tengo entendido que padrón y domicilio fiscal no tienen porque coincidir ¿no?

En cuanto a la niña, había entendido que uno de los dos tiene que hacer su declaración de forma conjunta con la niña y el otro de forma individual ¿es así?

Muchas gracias de nuevo.

En este caso te aconsejo que cambies tu domicilio fiscal en cuando tengas la licencia de primera ocupación. En el caso de una inspección tributaria tendrás que demostrar que efectivamente esta es tu vivienda habitual y que durante la semana pasas fuera de casa tiempo por motivos familiares, laborales, etc.

Los dos hacéis la declaración de la renta de forma individual imputando la mitad de las deducciones que genera la niña.

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