Trabajo de autónomo en Bélgica

Me han hecho una oferta para trabajar en Bélgica, en una empresa belga, pero en vez de contratarme como empleado les facturaría como autónomo. El trabajo empezaría a principios de Diciembre.

Mis dudas van sobre todo referidas a mi posibilidad de facturar como autónomo español, aunque realizase las tareas en Bélgica. ¿Esto puede hacerse? Me informan desde la empresa que sí, pero, ¿por cuánto tiempo? ¿Hasta 6 meses?

He consultado el convenio sobre doble imposición entre España y Bélgica y mis servicios serían los explicitados en el artículo 14 (Servicios personales independientes). Por otra parte, creo que, a efectos de residencia se me consideraría residente español al tener residencia propia en España y disponer de su uso (Artículo 4.2.a). En base a estos artículos yo diría que no hay problema en que sea autónomo en España y tribute mis beneficios aquí, pero no sé si me he dejado llevar más por lo que quería leer que por el texto en sí mismo.

Si hacen falta más datos para poder responder a mis cuestiones no duden en preguntarme.

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Efectivamente usted puede ser autónomo en España y facturar (operaciones intracomunitarias) a una empresa en Bélgica.

Incluso, una vez dado de alta, puede comunicar en la Seguridad Social, su desplazamiento temporal a Bélgica, para seguir disponiendo de Asistencia Sanitaria como autónomo...

Si le recomendamos se ponga en manos de un especialista que le ayude a cumplir con todas las obligaciones legales y fiscales en España. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web.

Gracias por la respuesta, pero cuando se refiere a desplazamiento temporal, imagino que este debe tener una duración máxima, ¿no es así?

Normalmente seria por un plazo máximo de dos años, pero siempre se puede buscar una formula...

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