Fiscalidad renta variable

Hola, invierto en estos productos derivados de renta variable, cfds, desde enero de 2008... Hasta ahora tengo pérdidas, la pregunta es:¿Qué fiscalidad requieren, mensual o trimestralmente? ¿Y en la declaración de la renta?
Como hasta ahora no he hecho nada, ¿lo de 2008 y 2009 puedo declararlo en 2010?
Gracias

4 Respuestas

Respuesta
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Los rendimientos generados se declaran anualmente. En el caso de que hayas tenido perdidas estas podrán ser compensadas con las ganancias de la misma naturaleza que se generen en los 4 ejercicios siguientes.
De tal forma que si a lo largo de 2010 obtuvieras ganancias estas se podrían compensar con las pérdidas de los dos años anteriores.
Muchas gracias. Pero ¿podría compensar ganancias de 2010 con pérdidas de 2008 y 2009 a pesar de que estas últimas no las he declarado en las declaraciones de la renta de 2008 ni en las de 2009? ¿Tendría alguna sanción o problema?
Un saludo
Buena pregunta.
Lo correcto sería declarar las pérdidas en cada una de las declaraciones correspondientes a los ejercicios 2008 y 2009, para ello deberías presentar declaraciones sustitutivas de cada uno de los ejercicios, las cuales son susceptibles de sanción.
Ya que en caso de que estas no se hagan constar, es muy probable de que no te admitan la compensación, al no estar declaradas las pérdidas.
Respuesta
1
En la declaración de la renta de 2010 solo se declaran las ganancias o perdidas generadas en el ejercicio 2010.
Espero haberte ayudado.
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Respuesta
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Siento no poder comentar tu tema pero no tengo ni idea sobre este asunto
Suerte
Respuesta
1
Estos productos financieros son complejos, pero usted tendría que haber declarado en el año correspondiente... Le recomendamos se ponga en manos de una persona experta que le realice la declaración de la renta de este año, la próxima primavera.
Tenga en cuenta que hay muchos tipos de productos y cada uno de ellos es ligeramente diferente. Pero tenga en cuenta, que las declaraciones son anuales y por tanto la fiscalidad se refiere a ese periodo...
En cuanto a lo de años anteriores, puede esperar para ver si le reclaman... o presentar declaraciones complementarias...
Agradecemos valoración de la respuesta.

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