Facturas de formación

Un empleado nuestro va a realizar un master, beneficiándose de las subvenciones que ofrece la fundación tripartita por formación a las empresas en los seguros sociales. La empresa encargada de la formación de dicho empleado, nos ha enviado una primera factura por la parte que no es bonificable en los seguros sociales. Se trata de una sociedad limitada, al igual que nosotros. Esta factura viene sin IVA, ¿es correcto? ¿Cómo debo contabilizarla?. He leído por algún foro que estas facturas de formación están exentas de IVA pero que deben llevar retención del 15%.

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La factura recibida es correcta y la debes contabilizar como gastos de formación del personal- esta exenta de iva porque es una enseñanza reglada con su titulo homologado.
En cuanto a la retención del irpf, hay una casuística muy amplia al respecto, pero en el caso que te ocupa, la sociedad no esta obligada a retener el irpf, pues la sociedad no hace declaración de irpf y si el impuesto de sociedades. Si hubiera sido una persona fisdica quien te factura hubiéramos tenido que ver en que casuística esta para poder definirlo. En tu caso la factura debe ercibirla sin iva y sibn irpf

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