Rentas obtenidas en Túnez

Mi primera pregunta. Así que espero formularla correctamente.
Si yo, p.f. Contribuyente español, presto un servicio de intermediación, solo cobro comisión por serv. Prestados, a empresas de Túnez para que estas acaben comprando en España, ¿cómo debo tributar estos servicios prestados? ¿Iva? ¿Irpf?

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La casuística en el IVA es muy amplia, por lo que para poder responder es necesario conocer más datos.
Por ejemplo, si lo que quieren comprar los tunecinos son inmuebles, la prestación de servicio se entendería prestada en España e iría con IVA.
Sin embargo, si lo que están buscando son empresas proveedoreas para importar mercaderías para venderlas en Túnez, el servicio se entendería prestado en Túnez e iría sin IVA.
Como ves, es necesario saber en que consiste tu servicio y que es lo que quieren hacer ellos.
En cuanto al IRPF, si no están establecidos en España, que parece que no, siempre sin retención.
1ero:increíble rapidez y eficacia, mil gracias!
2undo:los tunecinos quieren comprar muebles i prod.de alimentación. Así, como dices, sin iva, ok!
3ero:también cobrara comisiones de los tunecinos por buscar empresas españolas que lleven mat. prima a Túnez y Allí estos tunecinos monten "zapatos". También va si iva, ¿verdad?
Agradecido de antemano!
Saludos cordiales!
Efectivamente. Si lo que buscan son proveedores para comprar producto y venderlo en Túnez, y tu les facturas por los servicios prestados al ayudarles en esa búsqueda, sin IVA y sin retención. En el segundo caso también, porque el servicio se lo prestas a los tunecinos.

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