Operador Intracomunitario ¿Necesario'

A veces presto mis servicios a un cliente en Portugal.
¿Necesito estar registrado como un operador intracomunitario?
¿Tengo qué rellenar algún formulario para estas operaciones?

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Sí, VD. tiene que solicitar, por medio del modelo 036, a Hacienda la inscripción en el ROI.
Tenga en cuenta que es usual que venga un inspector a verificar su empresa y la validez de su demanda antes de concedérselo. Y que puede por lo tanto ser rechazado.
Si ha facturado su cliente portugués sin IVA le aconsejaría que regularice lo facturado ya que va a ser responsable del pago a Hacienda del IVA que no aplicá en sus facturas.
A medida que le contesto me surge una duda.? ¿Los servicios prestados se hacen desde España o en Portugal? En este caso la facturación debería de hacerse con IVA portugués.
Hola,
Gracias por la contestación. Los servicios prestados se hacen desde España.
La verdad es que me apetece muy poco que venga un inspector de Hacienda! Ugh!
Saludos
Si la empresa portuguesa es sujeto pasivo al IVA portugués, las facturas irán sin Iva. Le aconsejo lo verifique antes de emitir la primera factura, en caso de que no lo fuese habría ue facturarla con Iva español.
En caso de no hacerlo sería su empresa la responsable de dicho IVA frente a Hacienda española. En concreto, Hacienda española le solicitaría el pago de dicho IVA 'faltante'.
El inspector de Hacienda viene para verificar que la empresa existe y que la solicitud al ROI tiene fundamento.
A veces ocurre que si ven que la solicitud tiene un fundamento en sí de por la actividad de su empresa, se lo conceden sin visita.

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