¿Para la prestación me cuentan los días completos de una jornada parcial de lunes a viernes?

Después de solicitar la prestación por desempleo y tener varios años trabajados, la respuesta ha sido que solo me van a dar 4 meses de paro, ya que tengo 441 días cotizados, porque me han contando los contratos a tiempo parcial sumando las horas. Según he leído en la propia página web del sepe, si tu contrato es de 5 días o más a la semana te cuentan como jornada completa (independientemente de las horas trabajadas). Mi duda es: tenía dos contratos al mismo tiempo: uno de lunes, miércols y viernes; y otro de martes y jueves. La misma chica que me atendió estaba bastante interesada en que presentara todos los contratos donde se especificaran estos días para que me contara más tiempo, aunque no ha sido así. He puesto una reclamación en mi oficina exigiendo revisión y estoy a la espera. Mi pregunta es: ¿Me contarían todos los días aunque los haya trabajado de lunes a viernes en distintas empresas pero a la misma vez?

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Cuando las cotizaciones acreditadas corresponden a un contrato a tiempo parcial o a un trabajo efectivo, en los casos de reducción de jornada, cada día trabajado se considera como un día cotizado, cualquiera que haya sido la duración de la jornada. Si la jornada se distribuye en 5 o más días de trabajo a la semana, el periodo de cotización será equivalente al periodo de duración del contrato o de vigencia de la relación laboral. Si la jornada se distribuye en menos de 5 días de trabajo a la semana, se multiplicará el total de días de prestación de servicio por el coeficiente 1,4. Referencia normativa.- Art. 3.4 del R.D. 625/85 que desarrolla la Ley de Protección por Desempleo. Es decir que A efectos del SPEE para el computo de el periodo de duración de la prestación por desempleo, si tiene por ejemplo 180 días cotizados, y la jornada semanal era de 5 días, se consideran 180 días (no importa que sean a tiempo parcial), y si era, por ejemplo dos días a la semana, tendrás que contar los días "efectivamente cotizados" a lo largo de todo el periodo en que ha estado de alta, y multiplicarlo por 1,4, que es la forma de integrar la parte proporcional de sábados y domingos. Ejemplo:Un trabajador que trabaja 4 horas diarias los fines de semana durante 4 semanas. Los días cotizados a la seguridad social son: 4 (es como si trabajara 1 día a la semana). Los días cotizados al INEM son: 8 (días de prestación de servicio) por 1,4 = 11,2. Para la seguridad social son dos días de cotización a jornada completa. Para el Inem son 11,2 días de cotización a tiempo parcial cotizados al 20%. (4+4)/40=0,2... Pero si en la oficina del INEM se han confundido al hacerte el calculo de cotizaciones, no te preocupes que si as presentado la reclamacion pertinente te tendrán que conceder los días que te faten de prestació sin ningún problema..

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