Paro y media jornada

1. Estoy cobrando reanudación de una prestación por desempleo que tenia de un año de duración de la cual me quedan 4 meses. Me han ofrecido un trabajo a jornada completa de 3 meses y luego a media jornada, durante 5 días a la semana. Mi pregunta es si esta media jornada me cotiza por horas o como día trabajado.

2. También tengo otra pregunta:en febrero del año pasado me despidieron y empecé a cobrar la prestación de un año. En agosto trabajé durante un mes, después reanude la prestación y en Noviembre empecé a trabajar hasta febrero de este año y he vuelto a reanudar la prestación y quería saber si aunque yo estoy cobrando estas reanudaciones de la prestación y ahora empiece en otro trabajo ese mes y esos 4 meses me suman para una futura prestación de desempleo, es decir que hubiera acumulado 5 meses de cotización (aunque necesito un año para cobrar la prestación).

2. Otra cosa que he leído por ahí es que si acabas tu prestación puedes solicitar una antigua prestación. Es decir a mi me dieron a elegir entre 90 días y 1 año de prestación, ¿si se me acaba la de un año y no tengo trabajo podría solicitar la que rechazé de 90 días?

Muchas Gracias a tod@s de antemano.

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Respuesta
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Si estas cobrando la prestación por desempleo, y comienzas a trabajar a tiempo parcial y quieres compatibilizar el trabajo a tiempo parcial con la prestación por desempleo, de lo

Hola Josbian,lo primero gracias por responder pero creo que me ha llegado tu respuesta a medias porque solo me aparece este texto:"Hola que tal:Mira si estas cobrando la prestación por desempleo,y comienzas a trabajar a tiempo parcial y quieres compatibilizar el trabajo a tiempo parcial con la prestación por desempleo,de lo" y se corta no hay mas texto.De todos modos te aclaro que no quiero cobrar paro y media jornada a la vez,quiero saber si esta media jornada me cotiza por día trabajado o por horas.Muchas gracias :)

No se lo que a pasado con la respuesta anterior, pero te voy a responder a tu lo que te interesa con brevedad.. Mira la jornada de trabajo a tiempo parcial o a media jornada se computa como una jornada de trabajo completa lo que sucede es que a la hora de cobrar la prestación por desempleo la cuantía de la prestación se tiene en cuenta calculando las cotizaciones de la jornada a tiempo parcial y la cuantía de la cotización se reduce en proporción a lo cotizado por la jornada de trabajo a tiempo parcial es decir que si percibes un sueldo de 500 euros al mes por media jornada de trabajo el calculo de la prestación se obtendrá del promedio de esos 500 euros..

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