¿Siempre se tiene derecho a finiquito?

Mi pareja ha sido despedida (finalización de contrato de obra para evitar hacerlo indefinido al llevar dos años en la empresa), a la hora de solicitar el finiquito le dicen que no tiene derecho a él, ya que cobra las pagas extras prorrateadas, ¿es cierto?

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De eso nada, claro que tiene derecho a finiquito, de acuerdo que no entre las pagas porque se las prorrateen, pero entra las vacaciones generadas y no disfrutadas, así como una indemnización de 8 días por año trabajado, si no ha alcanzado el año, la parte proporcional.
Si deseas alguna otra aclaración preguntame, si no no olvides finalizar la pregunta.
Si, básicamente es lo que él le comentó al jefe, la explicación es que en su nómina aparece un concepto llamado "compensación eventualidad", ¿es un modo de prorratear el finiquito? Porque si es así efectivamente, su finiquito sería cero, ya que las vacaciones ya han sido disfrutadas y las pagas están prorrateadas.
Gracias de nuevo, la labor que hacéis es estupenda!
Vale, en ese caso esta bien el finiquito, pero, la indemnización por 8 días por año, no puede venir prorrateada, ya que no se sabe cuanto tiempo va a estar, eso si deben dárselo.
Por favor no olvides finalizar y puntuar la pregunta si no deseas más aclaraciones, de lo contrario me sigue apareciendo como activa.

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