Pagar por debajo del salario base

No entiendo lo que quieres decir con el salario base. Todo trabajador tiene derecho a cobrar, por su categoría en función de su convenio. Si tu actividad no esta regulada por ningún convenio, entonces se aplica el salario mínimo interprofesional.
Con hacienda no tendrás problemas.
En una inspección de la seguridad social, si. Te harán cotizar por las bases que le hubieran correspondido a este trabajador, y pagar la diferencia con los intereses y recargos oportunos.
En cuanto a denunciar a la gestoría, no se si te valdrá la pena.
Es lo que pasa como en todos los gremios, que después pagamos justos por pecadores. A no ser que tengas un contrato firmado con esa gestoría, si les denuncias, no creo que consigas nada. Y en las inspecciones, no te valdrá de nada decir, que tu no lo hacías, sino la gestoría, pues tu eres la responsable ante la seguridad social y hacienda.

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Si, siempre se podrá hacer una liquidación complementaria por diferencias, pagando los recargos que correspondan.
Los trabajadores tienen un año para reclamar por cantidades.
Pero yo el consejo que te doy, es que hagas la liquidación complementaria por diferencias, y que pagues a este trabajador. Y si los otros te lo reclaman, entonces pagaselo, sino no

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