¿En que afectaría a mi padre jubilado y con pensión que figurara cómo socio en una S.L.L?

Mi marido y yo queremos constituir un s.l., pero queremos capitalizar el paro, nos dicen que para ello sería mejor una s.l.l. Entonces pensamos en mi padre (persona de absoluta confianza), sin que aporte nada. Solo figuraría como socio. ¿En qué le afectaría? Está jubilado y cobra pensión. En caso de fallecimiento, ¿qué pasaría? ¿Pasaría a sus herederos?. Podriamos cambiar la s.l.l. A s.l.? ¿Cuánto tiempo tiene que pasar para transformar la sociedad en una s.l. Normal?. No quiero que (Dios no lo quiera) fallezca y tengamos problemas con esa parte y la herencia (una de las herededas sería yo, junto a una hermana). ¿Se puede transformar pasado un tiempo (cuánto tiempo) o en el momento de su fallecimiento?. Cuanta más información me facilite, sería de gran ayuda.

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Para empezar, para montar una S.L.L debes tener en cuenta que todos los socios deben aportar un capital equivalente al número de participaciones que vayan a tener cada uno. No te preocupes, esto no es un problema, en mi familia ha ocurrido un caso familiar y uno de los socios a puesto el dinero de su hijo para que pertenezca a la sociedad. Problema: estando tu padre jubilado y recibiendo pensión, ¿puede crear una sociedad aunque realmente no haga nada en la empresa?, ten en cuenta que va a cobrar unos beneficios (espero y os deseo) y no sé exactamente si sería compatible con su jubilación. Informaros bien de este primer punto.
En caso de fallecimiento, si somos legales, obviamente sus participaciones deberían repartirse entre sus herederos de primer grado, osease, los hijos, al igual que todos sus bienes. Otra cosa es que en su testamento se especifique que la empresa únicamente la vas a heredar tu, entonces ya no tendríais ningún problema (estos temas, mejor tratarlos con un abogado que os van a informar mejor). Aunque, como bien dices, espero que estéis muchísimo tiempo juntos y no tengáis complicaciones.
Con respecto a la transformación de S.L.L a S.L, por supuesto que se puede hacer. Para una sociedad limitada laboral, son necesarios 3 socios como mínimo, en caso de que uno deje de ser socio, debereís obligatoriamente transformarla en una sociedad limitada. El tiempo que se dan son de 6 meses. Para más información, lease el siguiente enlace:
http://www.porticolegal.com/foro/sociedades/649590/sociedad+limitada+laboral
El tiempo necesario para transformar una SLL en una SL, no debe preocuparos, pagando, cualquier periodo de tiempo es bueno, pero, pensando razonadamente, si montáis una SLL será para mantenerla durante un buen periodo de tiempo, cuando ya no os quede otra que hacer una SL, no tendréis problema alguno en hacerlo. Igualmente, si tu padre fallece (que dios no lo quiera), es una causa más que justificada para poder transformarla en SL y tampoco vais a tener ningún problema.
Espero haberos ayudado, si tenéis alguna duda más, realizármela. No olvides puntuar.
Muchas gracias,
saludos
Daniel Puebla
Una cosilla más:
Al escriturar ante notario las escrituras de la sociedad, entonces, sería conveniente qué se dejase claro que, en caso de fallecimiento, ¿sus participaciones recaen única y exclusivamente sobre mí?. Mi padre tiene hecho testamento y lógicamente para que no se gaste otro dinero cambiándolo, ¿con eso sería suficiente?. Gracias por todo.
Es un tema complicado, ten en cuenta que una cosa es la escritura de la sociedad donde la constituís y, otra cosa es el testamento. No estoy especializado con este tema en concreto, podrías hablar o con un abogado que te asesorará o con la asesoría con quien vayas a realizar los trámites, ellos podrán ayudarte seguro.
Perdona por no haber podido ser más claro.

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