Anónimo
Marcas y patentes
Estoy montando una pequeña empresa, y cuando lo tenga todo atado quiero patentar el nombre y quizás un logotipo cómo marca, he ido a la página web de la oficina española de marcas y patentes, y entre tantos conceptos no sé cuanto me podría costar, ¿qué conceptos tengo que pagar?, sería la primera vez, supongo que cada cierto tiempo tengo que renovarlo, ¿cada cuánto tiempo se renueva y bajo que concepto?, es decir, lo que necesito saber, cuanto me va a costar cada cosa, más que nada para hacer números,
muchas gracias de antemano,
saludos.
muchas gracias de antemano,
saludos.
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Anónimo
Para montar una empresa y registrar el nombre no debe acudir al registro de marcas y patentes sino al Registro Mercantil, ese es el primer requisito, debe sacar una certificación del nombre de la sociedad para que el Registrador compruebe que no existe el nombre de la empresa dentro del ámbito mercantil o alguna con un nombre excesivamente similar. Este procedimiento no es caro, creo recordar que cuesta unos 20 euros, tardan unas semanas en responder, llegada la respuesta, si es afirmativa y no existe ninguna entidad con el nombre tiene 3 meses para poder hacer el alta de la empresa e inscribirla en el Registro Mercantil.
Respecto del Logo de la Empresa si debe de hacer la petición en la oficina de patentes y marcas. www.oepm.es / / En realidad debe registrar el NOMBRE COMERCIAL de la firma que puede estar asociado a un logo concreto, o a una MARCA concreta.
Por lo que corresponde al Nombre Comercial - que no el nombre de la empresa que como ya le he dicho hay que realizarlo en el Registro Mercantil - este es el link donde puede encontrar toda la información, como hacerlo, de que manera, cuanto tiempo y las tasas así como los impresos que hay que cumplimentar y la documentación a presentar, dependiendo del ámbito que quiera cubrir con la patente, nacional, internacional, europeo, las tasas irán subiendo cuanta más protección quiera establecer para ella.
http://www.oepm.es/cs/Satellite?c=Page&cid=1144466653737&classIdioma=_es_es&idPage=1144466653737&pagename=OEPMSite%2FPage%2FtplMosaico&rendermode=preview&numPagActual=1
Para las MARCAS
http://www.oepm.es/cs/Satellite?c=Page&cid=1144260495233&classIdioma=_es_es&idPage=1144260495233&pagename=OEPMSite%2FPage%2FtplMosaico&rendermode=preview
Respecto del Logo de la Empresa si debe de hacer la petición en la oficina de patentes y marcas. www.oepm.es / / En realidad debe registrar el NOMBRE COMERCIAL de la firma que puede estar asociado a un logo concreto, o a una MARCA concreta.
Por lo que corresponde al Nombre Comercial - que no el nombre de la empresa que como ya le he dicho hay que realizarlo en el Registro Mercantil - este es el link donde puede encontrar toda la información, como hacerlo, de que manera, cuanto tiempo y las tasas así como los impresos que hay que cumplimentar y la documentación a presentar, dependiendo del ámbito que quiera cubrir con la patente, nacional, internacional, europeo, las tasas irán subiendo cuanta más protección quiera establecer para ella.
http://www.oepm.es/cs/Satellite?c=Page&cid=1144466653737&classIdioma=_es_es&idPage=1144466653737&pagename=OEPMSite%2FPage%2FtplMosaico&rendermode=preview&numPagActual=1
Para las MARCAS
http://www.oepm.es/cs/Satellite?c=Page&cid=1144260495233&classIdioma=_es_es&idPage=1144260495233&pagename=OEPMSite%2FPage%2FtplMosaico&rendermode=preview
Muchas gracias Jaime por tu respuesta y por la información, pero, te pediré un favor, esas páginas que me comentas ya las visité y me causan muchas dudas, te haré una referencia del cine, de una película que me gusta mucho, "explícamelo cómo si fuera un niño de 5 años", como si lo pudieramos definir por pasos;
1) Tengo que ir al registro mercantil, pagar unos 20 euros más o menos para sacar una certificación del nombre de la sociedad para que el Registrador compruebe que no existe el nombre de la empresa dentro del ámbito mercantil o alguna con un nombre excesivamente similar, es decir, si no entiendo mal, que no exista otra empresa con el mismo nombre, ni uno que se parezca mucho y que lleve a confusión, este trámite tarda unas cuantas semanas,
2) Luego, cuando tenga el ok anterior, ya puedo registrar el nombre de la empresa en el registro mercantil, para esto, ¿lo pago con los 20 euros o tengo que pagar aparte el registro?, ¿Puedo empezar a funcionar con mi empresa antes de tener el nombre registrado, o sin el registro o con el registro en trámite?
3) Si no entiendo mal, con lo anterior ya puedo registrar en marcas y patentes el logotipo de la empresa, ¿logotipo y marca es lo mismo, o son conceptos por separado?, ¿Cuánto me van a cobrar en este paso?, es aquí donde te digo lo de los conceptos, en la página, donde pone lo de las tasas salen muchos conceptos y no sé por cuál o cuales tengo que pagar, para estar protegida medianamente en ámbito español, ya que si va bien, tengo pensado en expandirme por Baleares (empezaría en Mallorca), Cataluña y Comunidad de Madrid.
4) Las renovaciones, son anuales o ¿cada cuánto tiempo se hacen?
Muchas gracias Jaime otra vez, y disculpa las molestias, es que entre tanto concepto me pierdo un poco,
saludos cordiales
Karla.
1) Tengo que ir al registro mercantil, pagar unos 20 euros más o menos para sacar una certificación del nombre de la sociedad para que el Registrador compruebe que no existe el nombre de la empresa dentro del ámbito mercantil o alguna con un nombre excesivamente similar, es decir, si no entiendo mal, que no exista otra empresa con el mismo nombre, ni uno que se parezca mucho y que lleve a confusión, este trámite tarda unas cuantas semanas,
2) Luego, cuando tenga el ok anterior, ya puedo registrar el nombre de la empresa en el registro mercantil, para esto, ¿lo pago con los 20 euros o tengo que pagar aparte el registro?, ¿Puedo empezar a funcionar con mi empresa antes de tener el nombre registrado, o sin el registro o con el registro en trámite?
3) Si no entiendo mal, con lo anterior ya puedo registrar en marcas y patentes el logotipo de la empresa, ¿logotipo y marca es lo mismo, o son conceptos por separado?, ¿Cuánto me van a cobrar en este paso?, es aquí donde te digo lo de los conceptos, en la página, donde pone lo de las tasas salen muchos conceptos y no sé por cuál o cuales tengo que pagar, para estar protegida medianamente en ámbito español, ya que si va bien, tengo pensado en expandirme por Baleares (empezaría en Mallorca), Cataluña y Comunidad de Madrid.
4) Las renovaciones, son anuales o ¿cada cuánto tiempo se hacen?
Muchas gracias Jaime otra vez, y disculpa las molestias, es que entre tanto concepto me pierdo un poco,
saludos cordiales
Karla.
El paso 1 OK
El paso 2 no es del todo correcto. Para constituir una empresa debes pasar por el Notario (al menos cuando es una sociedad mercantil) tras haber depositado el capital social en el Banco y obtener la certificación del depósito que se incorporará a la escritura de constitución, posteriormente, una vez escriturada la sociedad se podrá presentar esta al registro mercantil y publicarla en el BORME. En la escritura de la sociedad se hará constar el registro del nombre en base a la certificación expedida del Registro Mercantil de que el nombre no lo tiene otra sociedad.
No podrás empezar a funcionar hasta que la empresa esté constituida y tengas como mínimo el CIF provisional, el alta en el IAE (declaración censal de inicio de actividad mercantil).
Para el paso 3) es necesario localizar cual es el tipo de tasa aplicable dependiendo de los diferentes parámetros que se indican, un logotipo y una marca pueden ser coincidentes o pueden ser distintos, por ejemplo nike es marca y el stick característico de nike es un logo, por tanto, en el caso concreto de nike sería por ambos conceptos por los que habría que pagar en el ámbito concreto.
En estos casos lo más sencillo es hacer directamente la consulta por telf en la oficina de patentes y marcas, que es lo que hacemos nosotros directamente cuando en el despacho nos entra un tema de esta índole.
Las concesiones de marcas y logos son a termino, es decir, es necesario renovarlas cada cierto tiempo, en el caso concreto de la protección que determines se establecerá uno u otro periodo, insisto, es más fácil que llames a la oficina de marcas y patentes y que hagas la pregunta directamente ya que de memoria no lo recuerdo y si tengo que buscarlo estamos en las mismas.
El paso 2 no es del todo correcto. Para constituir una empresa debes pasar por el Notario (al menos cuando es una sociedad mercantil) tras haber depositado el capital social en el Banco y obtener la certificación del depósito que se incorporará a la escritura de constitución, posteriormente, una vez escriturada la sociedad se podrá presentar esta al registro mercantil y publicarla en el BORME. En la escritura de la sociedad se hará constar el registro del nombre en base a la certificación expedida del Registro Mercantil de que el nombre no lo tiene otra sociedad.
No podrás empezar a funcionar hasta que la empresa esté constituida y tengas como mínimo el CIF provisional, el alta en el IAE (declaración censal de inicio de actividad mercantil).
Para el paso 3) es necesario localizar cual es el tipo de tasa aplicable dependiendo de los diferentes parámetros que se indican, un logotipo y una marca pueden ser coincidentes o pueden ser distintos, por ejemplo nike es marca y el stick característico de nike es un logo, por tanto, en el caso concreto de nike sería por ambos conceptos por los que habría que pagar en el ámbito concreto.
En estos casos lo más sencillo es hacer directamente la consulta por telf en la oficina de patentes y marcas, que es lo que hacemos nosotros directamente cuando en el despacho nos entra un tema de esta índole.
Las concesiones de marcas y logos son a termino, es decir, es necesario renovarlas cada cierto tiempo, en el caso concreto de la protección que determines se establecerá uno u otro periodo, insisto, es más fácil que llames a la oficina de marcas y patentes y que hagas la pregunta directamente ya que de memoria no lo recuerdo y si tengo que buscarlo estamos en las mismas.
Muchas gracias Jaime, como siempre, tus respuestas son muy acertadas, pero, ahora me surge otra pregunta, en un principio, la empresa la comenzaría cómo empresaria autónoma, y luego más adelante, si la empresa funciona cómo lo previsto, antes de contratar gente me cambiaría a sociedad unipersonal, según lo que me dices, ¿cambia lo que tengo que hacer?, porque, según lo que he averiguado, al ser empresaria autónoma, tengo que darme de alta en el IAE, pero creo que en este caso no tengo que ir al notario, si es así, a excepción del notario, ¿los siguientes pasos son los mismos, o cambian?,
gracias otra vez,
saludos,
karla.
gracias otra vez,
saludos,
karla.
En este caso, no podrás dar de alta un nombre de una sociedad mercantil, en todo caso podrás tener un nombre comercial que deberás registrar a tu nombre en la oficina de patentes y marcas. Por otro lado, no estaría de menos que reservaras ese nombre para cuando te constituyas en sociedad haciendo la solicitud en el Registro Mercantil y renovándolo periódicamente hasta que constituyas las sociedad para evitar que nadie te pise el nombre.
El despiste lo produce tu primer mensaje en el que hablas de una pequeña empresa. Cuando utilizamos el término empresa siempre nos referimos a una sociedad mercantil. Un autónomo no es una empresa sino un profesional, en este caso podemos hablar genéricamente de negocio pero no de empresa ya que lleva a equívocos.
Efectivamente, como indicas, los trámites iniciales pasan por ir a Hacienda, cumplimentar la declaración censal y dar de alta el IAE correspondiente, posteriormente gestionar los trámites para el alta en el RETA en la Tesorería de la Seguridad Social y ya estaría a punto para empezar los trámites del negocio.
Por otro lado, lo dicho a efectos del Registro Mercantil queda sin efecto (salvo en la reserva de nombre que te he comentado).
Un saludo
Jaime Feiner
[email protected]
El despiste lo produce tu primer mensaje en el que hablas de una pequeña empresa. Cuando utilizamos el término empresa siempre nos referimos a una sociedad mercantil. Un autónomo no es una empresa sino un profesional, en este caso podemos hablar genéricamente de negocio pero no de empresa ya que lleva a equívocos.
Efectivamente, como indicas, los trámites iniciales pasan por ir a Hacienda, cumplimentar la declaración censal y dar de alta el IAE correspondiente, posteriormente gestionar los trámites para el alta en el RETA en la Tesorería de la Seguridad Social y ya estaría a punto para empezar los trámites del negocio.
Por otro lado, lo dicho a efectos del Registro Mercantil queda sin efecto (salvo en la reserva de nombre que te he comentado).
Un saludo
Jaime Feiner
[email protected]
Gracias Jaime, tienes razón, quizás no me expresé bien en un principio, pero muchas gracias por todo, y seguiré tu consejo, miraré de reservar el nombre,
gracias otra vez, si más adelante tengo dudas te consultaré,
saludos,
Karla.
gracias otra vez, si más adelante tengo dudas te consultaré,
saludos,
Karla.
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ahora mismo