Sobre compra de coche empresa a particular. No acabo d

He leído un post anterior tuyo donde hablabais del tema de compra del coche para la empresa. Te escribía el amil a ver si me podrías solucionar 1 dudilla puntual sobre la compra y el IVA, es que no lo acabo de entender.
Tengo un centro de fisioterapia SL. Soy admin único y quería comprar un coche nuevo y poder meterlo a través de la empresa.
Puesto que tengo un vehículo de más de 15 años me gustaría acogerme al plan vive. 10000 eu en 5 años y el resto en efectivo. MI intención es pagarlo y quedármelo, no andar cambiando cada 3 años. Y en principio aunque hago alguna salida a domicilio, el uso es para mi exclusivo.
La compra, en principio, se la quería hacer a un particular. 16500 eu.
He leído que le tengo que hacer un contrato de compra venta, para que la empresa se justifique el gasto.
¿Qué pasa con el IVA? ¿Lo tengo que declarar yo luego? Por que si es así, al final el vehículo me cuesta 16500 más iva=19000 y pico. Se me saldría de presupuesto y no lo podría comprar.
¿Se puede "olvidar por ahí" el IVA?
Tambien he leido por ahi que el si que me puede hacer una factura con IVA. En este caso, que pasa luego con el iva, ¿lo tiene que declarar o no es necesario? ¿El ya lo pago en su dia cuando compro el coche no?
Digo pq si el me podria hacer una factura por 16500 iva incluido seria la bomba.
Espero que me puedas arrojar un poco de luz porque estoy un poco perdido.

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Al comprar a un particular este no tiene porque facturar el vehículo con el IVA, con un contrato de compraventa y una nota de gasto es suficiente, así el no debe declarar IVA y por tu parte no debes desgravarte tampoco el IVA.
Saludos
Jaime Feiner
[email protected]
Entonces mi gasto del compra son 16500 euros. ¿Ni IVA ni nada no? ¿? ¿
¿El vendedor tiene que declarar algo sobre esa venta? ¿Pierde algo de las 16500?
Es que no lo entiendo bien, compro el coche, ¿no declaro IVA y ya esta? ¿Lo único que me quedaría de pagar es liquidar el impuesto de trasmisiones patrimoniales y a correr?
Muchaas gracias por tu ayuda!
El vendedor tendrá que declarar en su declaración de la renta la venta realizada y el importe ingresado por el concepto de esa venta. En este caso, tributará no por esa venta sino por la totalidad de ingresos, gastos deducibles y deducciones legales que se pueda aplicar en el ejercicio en cuestión.
No se si esa venta está sujeta a transmisiones patrimoniales o si está exenta, debería preguntarlo a un experto en fiscalidad.

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