Dudas especificas sobre sanción en estupefacientes.

Te escribo para comentarte lo que me paso este fin de semana, estoy bastante preocupado. Esporádicamente consumo algunas sustancia ilegales.

Ayer en una fiesta de un pueblo que fui, estaba andando solo y 10 guardias
civiles que estaban dando vueltas por la fiesta me pararon. La verdad que tuve
bastante mala suerte, no fumo, pero me vieron un cigarro que lo tenia en la
oreja y supongo que esto creo sospecha.

Como me iban a registrar, me pregunto el agente si llevaba algo que me comprometiera, así que les di lo que llevaba encima, 0.5 (1/2 g) de cocaína y una bolsita de MMDA (muy poco quedaba). Pues nada, me comentaron que me iban a sancionar, pero que a lo mejor como los políticos son como son, quizás no me llegue (palabras textuales del agente).

Mis preguntas:

1. Hace 7 o 8 años aproximadamente ya pague una sanción administrativa por un medio de cocaína. Con la ley nueva de posesión de drogas que creo que hay, ¿de cuánto podría ser
la sanción con lo que me cogieron, supuestamente reincidente que soy?.

2. ¿Creéis qué me llegara la sanción?, según las palabras del agente, no les hice trabajar mucho en el tema del registro.

3. La dirección del DNI es mi vivienda, ¿supongo qué se fijaran en esta dirección para
enviar la sanción verdad?, quiero guardar confidencialidad con mis familiares sobre esto. ¿Supongo qué la dirección de mis padres no la envairan verdad?, en el padrón municipal y dni viene mi dirección correcta.

4. ¿La prescripción de este tipo de sanciones como va?

5. ¿Podría tener algún éxito yendo a la comandancia de la guardia civil para ver si puedo resolver algo?.

4 Respuestas

Respuesta
1

1. Para contestar a esa pregunta habría que conocer lo que los agentes hicieron constar en la denuncia

2. Supongo que antes le llegará la iniciación de un expediente sancionador para que pueda formular alegaciones.

3. Las notificaciones llegaran al domicilio que se haya hecho constar en la denuncia

4. Depende de la gravedad de la infracción

5. No se lo recomiendo

Respuesta
1

1. La conducta que describes está sancionada por el art. 25 de la Ley 1/992 de seguridad ciudadana, y tiene la consideración de falta grave, y se castiga con una sanción económica de entre 300 y 400 €.

2. En cuanto a la reincidencia se tiene en cuenta a la hora de imponer este tipo de sanciones.

3. En lo referente a la prescripción, al ser una sanción grave prescribe a los 2 años desde la fecha de la aprehensión de la droga.

4. En cuanto a si te va a llegar la sanción, es imposible saberlo. En principio debería llegarte, ya que cuando un agente de policía confisca una sustancia ilegal, tiene la obligación de aperturar un acta de denuncia. A continuación esa muestra debe ser enviada al laboratorio y allí la analizarán, y si el resultado es positivo, te sancionarán.

En cualquier caos, tu muestra era muy pequeña, y además seguramente no tuviera mucha pereza, y como para sancionarte sólo se tiene en cuenta la cantidad de droga "pura" pues a lo mejor ni siquiera hay un mínimo para sancionarte (ocurre en muchos casos).

5. En cuanto al domicilio, la notificación debería ir al domicilio que conste en el D.N.I. o en su caso en el padrón. En cualquier caso, la carta será certificada.

6. En lo referente a lo de ir a la Guardia Civil, yo te lo desaconsejo. Si estuviese en tu lugar esperaría a que llegue algo, ya que tal y como te decía, siendo una cantidad tan pequeña es muy probable que ni siquiera te llegue la sanción.

Muchas gracias por tu respuesta.


Pero tengo dos dudas mas:


1. Si me llegaría la sanción me, me gustaría recurrir, , ¿como me podría poner en contacto con vosotros?, ¿que precio aproximadamente seria todo?.


2. La prescripción de esta sanción cuantos años serian?, ¿desde cuando empezaría la fecha?, ¿cuando me cogen las sustancias o cuando empieza el procedimiento?.
Muchas gracias.

3. Me dices lo de que se tiene en cuenta la reincidencia, si lo normal es 300-400 euros, ¿cuanto podría subir siendo reincidente la multa?.

Muchas gracias por todo.

1. El plazo de prescripción (2 años) empieza a correr desde el día que te aprehendieron la droga. Si a los dos años no has recibido nada la multa estará prescrita.

2. En cuanto a lo de la reincidencia, en el caso de que les conste en sus registros que ya has sido multado por tenencia de sustancias ilícitas, lo más que pueden hacer es ponerte la multa en su límite máximo (400 €).

3. Y en cuanto al modo de contactar con nuestro despacho, te facilito mi dirección de correo electrónico: [email protected]. El coste de un recurso contra una multa de este tipo es de 100 €. Lo normal es que haya que hacer dos escritos, los cuales están incluidos en ese precio.

Respuesta
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La sanción puede ser desde 300 € hasta 30.000€. Lo cierto es que te intervienen dos sustancias, y da lugar a que los agentes te multen algo mas de lo mínimo, pero siempre se puede pelear lo mínimo atendiendo a una serie de criterios.

Sinceramente creo que te llegara, y si vas a la comandancia no sirve de nada. La mandará a la dirección que figura en el DNI, a no ser que tu dijeses otra.

Lo cierto es que puedes ganr la multa si hay algún defecto formal en la tramitación, o si el análisis de la sustancia no es correcto. Nosotros hemos tenido casos parecidos y cuando se han ganado así. Por último decirte, que también al final del procedimiento existe la posibilidad de un tratamiento rehabilitador en un centro abierto, donde solo acudes a realizar análisis e orina y si das negativo, finalmente no pagas.

Respuesta

Lo siento pero no soy abogado y no puedo responderte

Lo mejor que puedes hacer es no jugar con tu salud y no consumir más

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