Aclaración de mi testamento

Buenas tardes, hoy he firmado mi testamento y querría pedirle una acalración.

Vivo en la comunidad de Galicia y estoy casado sin hijos. Le he pedido al notario que todos mis bienes quedaran a nombre de mi mujer, y si esta ya hubiera fallecido a mis hijos.

El notario había incluido dos clausulas en el testamento, pero en el último momento ha rectificado y ha incluido una tercera. Y es esta última la que no me ha quedado claro. Le escribo literalmente como han quedado los tres puntos:

1) "Instituye heredero de todos sus bienes, derechos y acciones a su nombrado esposo A, al que faculta para que la/s legítima/s pueda/n ser satisfecha/es en dinero y/o bienes."

2) "Para el caso de premoriencia,sustituye vulgarmente al heredero nombrado por sus descendientes comunes."

3) "Reconoce la legítima estricta a cuantos puedan acreditar tener derecho a ella, aún en el caso de que ese reconocimiento se haga a favor de la descendencia que pudiera tener."

Muchas gracias.

Reciba un cordial saludo.

2 Respuestas

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Según la Ley Civil de Galicia, los legitimarios son los hijos o descendientes y el cóyuge. En su caso y según ese testamento, si está casado sin hijos, su herencia pasaría a su mujer y si está muere antes que usted, pasaría a sus descendientes.

Entiendo que la cláusula tercera es una cláusula de "estilo" de la Notaría, y que lo que pretende es que si usted tiene a fecha de fallecimiento algún hijo, a éste le correspondería la legítima estricta (que en Galicia es de 1/4) y el resto sería para su esposa.

Para una atención más personaliza, a través del estudio concreto de la documentación, y la elaboración de cualquier documento, puede ponerse en contacto conmigo a través del correo: [email protected]

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Quiere decir que su heredero es su marido, y que queda facultado para pagar la legítima si usted al morir tuviera padres o hijos a quien correspondería satisfacer esa legitima.

Si el muriera antes que usted, la herencia pasaría a los que fueren en ese momento herederos legales

Y reconoce la legítima que legalmente pudiera corresponder a un hijo, si llegara a tenerlo.

Son formulismos legales, que de no ser incluidos se cumplirían igualmente, pero los notarios prefieren hacerlo. Posiblemente se incluyó en el último momento porque a la persona que redactó el testamento se le olvidó incluir estas cláusulas.

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