¿Tengo posibilidad de recuperar la señal dada?

Hola,

en el año 2005 señalé dos casas en un pueblo de Córdoba, con 30.000 €, el promotor, una persona que creía amiga, la verdad que lo compré, porque me dijo que en seis meses me las vendía y le sacaba 6000€ a cada una, estamos en 2013 y no he recibido ninguna notificación de que las casas estén acabadas, aunque sé que lo están , según él , como yo no puedo escriturarlas y además está pagando la hipoteca de las dos, que he perdido la señal, cuando en su día hubo un pacto , no por escrito, en el cual me dijo que ese dinero nunca lo perdería, que no me preocupara, no ha sido así .

Actualmente, me encuentro en el paro, no tengo bienes inmuebles ni nada parecido y dinero menos y no me vendría mal recuperar ese dinero o parte. Mi pregunta es ¿ podría reclamarle la señal de entrada de las dos casas, ya que ningún banco me daría ninguna hipoteca? ¿habría alguna posibilidad de recuperar el dinero?

Gracias

Respuesta
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Le recomendamos se ponga en manos de un abogado, que le estudie la documentación que tenga firmada. Pero normalmente, tendrá complicado el recuperar ese dinero si no hay un incumplimiento por parate del promotor - constructor, y es usted el que no puede escriturar pues no puede conseguir la hipoteca.

En cualquier caso, debería haber una rescisión del contrato...

Muchas gracias por la respuesta, hace poco se dictó una sentencia en Granada , en la que el juez obligaba a la promotora a devolver todo lo puesto por una empresa en un inmueble , alegando , como motivo principal, " crisis" , el artículo es:

http://elcorreoweb.es/2013/05/27/el-supremo-admite-la-crisis-como-causa-para-anular-la-compra-de-un-piso/

independientemente de el contrato de compraventa que tenga, ¿sería viable esta alegación ante un juez, siendo mi situación tan negra?

Como ya le hemos indicado, sin conocer el caso en profundidad, es complicado indicarle nada mas...

En cualquier caso, usted hace una reseña a una nota de un periódico, y habría que estudiar la sentencia al completo y determinar si se puede utilizar en su caso... que para empezar usted no es una empresa y ademas, una sola sentencia no genera jurisprudencia... No siendo por otro lado, la conducta habitual de los juzgados.

Le recomendamos se ponga en manos de un abogado que le estudie su situación concreta y las posibilidades que tiene.

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