Me pueden llevar a Juicio Monitorio?

Mi consulta es sobre dos recibos que me reclama la compañía Orange de 757€ a través de diferentes empresas de recobros como SEINCO y actualmente TEAN 4 de Madrid.

Dichos recibos son por penalizaciones de dos lineas de móvil, al haber realizado portabilidad aun teniendo permanencia.

La portabilidad la inicie a consecuencia de un cobro de 20€ mas iva en una factura de Orange, por dos recibos devueltos desde 2012. Después de reclamar vía teléfono y email durante bastante tiempo y reírse en mi cara o tomarme por tonto, y decirme que dicho cobro estaba estipulado en el contrato. Si, en el contrato pone que se cargaran al cliente los gastos ocasionados por recibos devueltos, pero no especifica la cantidad, lo deja en el aire.

Así que les pedí me mandasen justificantes de esos gastos ocasionados por los recibos devueltos, a lo que no accedieron.

Les envíe email notificándoles mi intención de resolver el contrato y que no asumiría las penalizaciones por permanencia por dichos echos.

Así que tramite la portabilidad, por entender que incumplieron el contrato, al crearme un perjuicio contemplado en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.

¿Ustedes creen que me pueden llevar a Juicio Monitorio?

Tengo todos los emails y reclamaciones que realice.

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Si, que pueden interponer el monitorio, en todo caso si lo hacen, usted podrá oponerse al mismo, con lo que el monitorio, se transformaría en juicio verbal. Un saludo, agradecería valoración respuesta,

www.abogadosedo.com

Hola.

Y de celebrarse juicio verbal, como ven ustedes el caso?

Que recomendación pueden darme.

Gracias.

Las oposiciones están tasadas y por lo tanto, solo se puede oponer con garantías en casos concreto. Ademas, necesitara un abogado y procurador que le representen.

Le recomendamos se ponga en manos de un abogado, que le estudie su caso concreto y le ayude con esta cuestión.

Gracias por las respuestas.

Una ultima consulta sobre el tema para acabar.

En dichas facturas se me cobra una penalización o indemnización por concluir el contrato antes de tiempo, vamos por incumplir la permanencia.

En las facturas me cobran el IVA por esa penalización, y según la ley del IVA, las penalizaciones o indemnizaciones están exsentas del tributo. Se puede alegar mientras no rectifiquen las facturas, que esas facturas son falsas? y seguir negándome a pagarlas hasta su modificación, y alegar ese echo en el juzgado si fuese necesario llegado el momento?

Gracias.

La alegación no seria por falsedad, sino por improcedencia de cobro de la cuota, por no estar conforme con la cantidad que se te quiere cobrar, y si podría alegarse.

www.abogadosedo.com

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