¿Me pueden quitar el coche?

Me pongo en contacto con ustedes haber si me pueden orientar.

Compre un coche hace un año el cual hicimos un contrato privado en el cual le tenia que pagar todos los meses 338,45 € hasta el mes que viene.

Bueno debido a la situación laboral unos meses se lo pago todo y otros meses solo le puedo dar 200 €.

Me falta para pagar el coche unos 1500 € con los atrasos y todo.

Este mes de septiembre no le he podido pagar nada, y el del concesionario me dice que el viernes viene a visitarme y que se lleva dinero o se lleva el coche.

También tengo que decir que el coche es de segunda mano y que un mes si y otro también ha tenido averías las cuales me dice que no entra en garantía y por lo tanto las he tenido que arreglar yo ( llevo gastado en el coche unos 1500 € por lo menos).

Mi pregunta es ¿me puede quitar así porque si el coche y llevárselo?

Me amenaza también diciéndome que lo va a dar de baja o algo así para que no pueda circular.

Me tiene agobiado todos los días llamando (ni el cobrador del frac llama tanto creo yo).

1 respuesta

Respuesta
1

Manuel 050578, como dices contrato privado lo que me supongo es que el coche no está ni a tu nombre, por lo que ellos al ser los dueños del coche si lo podrían dar de baja aunque solo fuera temporalmente hasta arreglar esto.

no el coche esta puesto a nombre de mi mujer.

Manuel 050578, aunque sea un contrato privado en caso de conflicto tiene validez ante un juez, en vuestro caso, Un contrato de compraventa es un documento sencillo, que compromete a ambas partes a lo que ahí se dice. ¿Y qué se dice? Pues lo básico suele ser:
- Que el vendedor es dueño del coche (este detalle es importante), y que quiere venderlo.
- Que el comprador quiere comprarlo.
- Qué coche es el que se vende, y cuál es su precio.
- En qué estado se compra el coche (si fuera necesario)
- Otros detalles que pactan las partes para cada caso.
Si no haces contrato, todas esas cosas elementales no son de obligado cumplimiento. Es decir, que si no hay un contrato en el que se diga lo que hemos enumerado arriba, nadie está obligado a pagar el precio, porque no se ha pactado (luego la gente se olvida de lo que ha dicho), nadie tiene porqué responder de un coche que era una ruina, o al revés, el comprador se olvida de que le dijiste que tenía una avería concreta y por eso le rebajaste el precio; o te dicen que te lo han entregado y en realidad lo tiene en su casa, digamos que para un abogado y para cualquiera que tiene que solucionar un problema, lo que no está firmado por escrito, no existe, y no ha pasado, todo depende de lo anterior pueden o no pueden dar la baja al coche.

hola hay un contrato firmado en el que dice que yo mantengo una deuda de tal importe con el vendedor por la compra de una coche tal y matricula tal.

que se abonara en cuotas iguales todos los meses durante doce meses cada mes

y que el pago se realiza en tal numero de cuenta.

es lo único que pone

Manuel 050578, pues lo tienes claro si el coche es el que te dice en el contrato y las cuotas sumadas son las que acordaste, no puedes reclamarle ninguna cláusula más, el contrato a lo que va es solo a cobrar y si no has pagado las cuotas en su tiempo acordado ya hay un incumplimiento de contrato, es un contrato un tanto parcial para el que te vendió el coche.

hola, te entiendo en parte.

lo de quitarme el coche lo entiendo por incumplimiento del contrato.

pero lo que no entiendo bien si se puede llevar el coche así porque si.

el viene me pide las llaves del coche y punto o tiene que venir de los juzgados o por notificación de abogado,etc

eso es lo que no tengo claro

gracias por la ayuda que me estas prestando

Manuel 050578, lo que se suele hacer es que irán al juzgado y te denunciaran por monitoria de pago, después te citarán en el juzgado pertinente, si no compareces dentro de los 20 días, el Juzgado archivará el monitorio y la otra parte podrá solicitar que te embarguen tus bienes y derechos hasta el completo pago de la deuda reclamada.

Si lo deseas puedes ir al Juzgado a ver el expediente, pero lo único que podrás hacer ya es pagar, sin que puedas alegar nada, de lo contrario,, te embargarán.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas