Condena penal en Italia
Me gustaría que me resolvierais la siguiente cuestión:
Tengo una cliente ecuatoriana. Es residente legal en España. Tiene renovada la segunda tarjeta.
Tiene dos niñas pequeñas, una de 7 años y otra de 4 meses.
Vive con un chico colombiano.
En el año 2000, cometió un delito por el que se le impuso una condena de prisión: 3 años, 6 meses y 20 días y multa de 30 millones de liras. El delito fue cometido en Italia.
El juez, en atención a su situación personal y familiar (en ese momento tenía la niña 4 años) le impuso arresto domiciliario.
Volvió a España (aquí tenía el primer permiso de trabajo y residencia).
¿Ahora el juez la declara en rebeldía pues ignora su paradero?
La abogada de oficio italiana de mi cliente me escribe preguntándome si es posible que la chica cumpla la condena en España.
¿He estado? ¿Investigando? Un poco:
Italia no puede aplicar la Euroorden ya que aún no adoptó a su ordenamiento interno la Decisión-Marco (año 2002). Por tanto hay que tramitarlo por el procedimiento de extradición ordinario. Si se aplicara la eurorden, -en España sí que es posible- cabría la posibilidad de solicitar ante el Juzgado Central de Instrucción español la ejecución de la eurorden en el país de residencia de la condenada. No sé cómo enfocar el tema. Como podréis suponer, es urgente ya que por nada del mundo quiere irse allí. Podría perder el permiso de residencia español, ¿su? ¿Compañero? También ya que tiene que renovar ahora la primera tarjeta, las niñas son pequeñas (la más pequeña tiene sólo 4 meses), y no conoce allí a nadie.
Tengo una cliente ecuatoriana. Es residente legal en España. Tiene renovada la segunda tarjeta.
Tiene dos niñas pequeñas, una de 7 años y otra de 4 meses.
Vive con un chico colombiano.
En el año 2000, cometió un delito por el que se le impuso una condena de prisión: 3 años, 6 meses y 20 días y multa de 30 millones de liras. El delito fue cometido en Italia.
El juez, en atención a su situación personal y familiar (en ese momento tenía la niña 4 años) le impuso arresto domiciliario.
Volvió a España (aquí tenía el primer permiso de trabajo y residencia).
¿Ahora el juez la declara en rebeldía pues ignora su paradero?
La abogada de oficio italiana de mi cliente me escribe preguntándome si es posible que la chica cumpla la condena en España.
¿He estado? ¿Investigando? Un poco:
Italia no puede aplicar la Euroorden ya que aún no adoptó a su ordenamiento interno la Decisión-Marco (año 2002). Por tanto hay que tramitarlo por el procedimiento de extradición ordinario. Si se aplicara la eurorden, -en España sí que es posible- cabría la posibilidad de solicitar ante el Juzgado Central de Instrucción español la ejecución de la eurorden en el país de residencia de la condenada. No sé cómo enfocar el tema. Como podréis suponer, es urgente ya que por nada del mundo quiere irse allí. Podría perder el permiso de residencia español, ¿su? ¿Compañero? También ya que tiene que renovar ahora la primera tarjeta, las niñas son pequeñas (la más pequeña tiene sólo 4 meses), y no conoce allí a nadie.
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