Dueño de Empresa que se Fuga con Dinero

He sabido de casos donde el dueño de una empresa se fuga de un país con el dinero de la empresa y de los empleados. Mi pregunta es ¿Hay alguna manera de llevar a esa persona a la justicia ya sea en su país de origen o en el que se ha refugiado? O también, ¿se puede tomar alguna medida en contra de la empresa en caso de que esta sea internacional, en uno de esos dos países o en un tercero?

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Claro que hay medidas. En primer lugar hay que denunciar el hecho y aportar las pruebas ante el tribunal español que iniciará el correspondiente procedimiento judicial. Postiormente el juzgado dictará orden de busca y captura y si está en el extranjero orden de búsqueda y captura a la interpol. En caso de que sea detenido en el extranjero sería extraditado a España si ese país tiene tratado de extradición con España o en virtud del principio de reciprocidad(España se compromete a hacer lo mismo la próxima vez pero a la inversa). Podría ocurrir que no se diera la extradicción pero con la mayoría de los países hay tratados o se suele aplicar el principio de reciprocidad.
La gran defensa en estos casos es desaparecer el tiempo preciso para que el delito prescriba. Si el procedimientojudicial se paraliza y pasan los años precios (que varían según gravedad del delito) para que el delito prescriba entonces el Sr. puede volver a casa al cabo de los años y no se le podría juzgar. No le especifico más porque no me ha contado el hecho concreto de que se trataba. Mi explicación es genérica.
Gracias, me aclaró la mayoría de las dudas, pero una pregunta más, ¿qué tal si fuera un ciudadano español el que se fuga de un país extranjero y regresa a España? ¿Habría qué iniciar el proceso en España o en el extranjero? ¿Extraditaría España a uno de sus ciudadanos?
Gracias de Nuevo.
Si el delito de que se trata es delito en España pero se ha cometido en país extranjero las autoridades españolas podrían conceder la extradición si lo solicitan las autoriades del otro país sin ningún problema siempre y cuando el delito no deba ser juzgado en España. NO es ningún impedimento el que se español ya que no rige en España el principio de no extradición de los nacionales. La extradiccion se solicita a los tribunales espaloles y luego tiene que ser autorizada por el gobierno que actúa discrecionalmente ( de tal forma que si el tribunal acordase la extradición y el gobierno dice que no es que no ).
El proceso judicial de extradicción tiene que iniciarse en el extranjero y tiene que ser solicitado primeramente por la autoridad judicial del país que esté juzgando el asunto, después tramitarla por el Gobierno del país respectivo. Si el delito fuese perseguible en España, vamos si esos hechos fuesen delito en España porque se aplicase elprincipio de justicia mundial como pasa con algunos delitos(genocidio, trata de blancas, falsificación de moneda..) entonces no habría lugar a la extradición porque conocerían los tribunales españoles.
Así pues primera condición en supuestos normales(no aplicación del principio de justicia mundial): iniciar el procedimiento judicial en el país donde haya cometido el delito y luego que el fiscal hola acusación particular pidiesen la extradición, que el tribunal acuerde pedirla y después que la solicite el Gobierno de ese país, que acuerde otorgarla el tribunal español y que el gobierno de el visto bueno.
Échele un vistazo a la ley de extradición pasiva de 1985 que puede localizar en la página del ministerio de justicia www.mju.es y particularmente a los articular 4,5, 6. Es una ley pequeña y de fácil lectura.

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