Silencio administrativo

Un funcionario de la C.A. De Castilla y León que lleva toda la vida haciendo lo mismo y por ello le han impuesto una medalla. Para celebrarlo la legislación autónoma le concede unos días de permiso que podía "... Disfrutar durante el año 2003, en todo caso ..." (palabras textuales del Decreto), pues lo solicita a sus superiores con antelación suficiente y se lo deniegan. Vuelve a solicitarlo en los primeros días del mes de diciembre y le contestan a últimos de enero de 2004 que puede disfrutarlos cuando quiera. El funcionario dice que ahora no puede y además ya estamos en el año 2004, por lo tanto solicita que le indemnicen con una cantidad. Dos meses después de haber presentado el recurso de alzada se sigue sin noticias. Este silencio Administrativo ¿cómo hay que considerarlo?
Seguramente habrá que ir a juicio, ¿cabe la posibilidad de que me digan que no puedo ir por la vía laboral sino vía contencioso-administrativa?

1 respuesta

Respuesta
1
Silencio negativo.
Supongo que en los recursos, los has calificado como reclamaciones previas a la va laboral, porque entiendo, salvo mejor criterio que la competente es la jurisdicción laboral.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas