I. Hola Juan, aunque por mi parte no puedo responderle, con su permiso deseaba trasladarle la información a cerca de este tema que vi; consultas tratadas con anterioridad y una respuesta generada por I.A, con la intención de que pudiesen serle de alguna utilidad mientras le atiende abogado o experto de primera mano, al quienes si lo desea podríamos trasladar su consulta en caso de que no recibiese una contestación en breve.
Disculpe por el trastorno de lectura y la manera de responderle. Saludos.
https://www.facebook.com/elDiarioes/posts/el-gobierno-plantea-que-las-parejas-no-registradas-cobren-la-viudedad-si-tienen-/1240248131474446/
https://solidaridadintergeneracional.es/wp/la-pension-de-viudedad-aumenta-cuando-la-primera-mujer-del-conyuge-tambien-fallece/
https://www.diaridetarragona.com/economia/hacienda/266242/ley-aclara-personas-viudas-deben-tramitar-particion-heredar.html
https://mundojuridico.info/testamento-del-uno-para-el-otro/
https://www.infobae.com/espana/2024/02/17/esto-es-lo-que-puede-recibir-una-viuda-en-una-herencia-segun-la-ley-espanola/
https://vamoscontufuturo.ibercaja.es/articulo/derechos-si-fallece-tu-conyuge/
**No, no existe ninguna obligación legal ni civil en España que obligue a una viuda a informar a otras parejas (como amantes, parejas sentimentales paralelas o exparejas no registradas legalmente) sobre el fallecimiento de su cónyuge. Sin embargo, el cónyuge sobreviviente sí tiene la obligación formal de comunicar el fallecimiento a las autoridades correspondientes (como el Registro Civil o la Seguridad Social) para gestionar trámites como la herencia o la pensión de viudedad. [1, 2, 3, 4]
Aquí te detallo los aspectos clave:
- Separación o Divorcio: Si el fallecido estuvo casado antes, el cónyuge sobreviviente no tiene que contactar a las exparejas. Es la Seguridad Social quien determina el reparto de la pensión de viudedad (por ejemplo, prorrateándola por el tiempo de convivencia) si estas cumplen con los requisitos legales. [1, 2]
- Herencia: Para la repartición de bienes, todos los herederos forzosos (incluido el viudo/a actual y los hijos de relaciones previas) deben ser informados o participar en la tramitación notarial de la herencia. [1]
En España, las normativas clave sobre este derecho son:
- Derecho de información: Ni la viuda ni el notario tienen el deber proactivo de buscar y avisar a todos los herederos, a menos que el fallecido lo haya exigido específicamente en su testamento. Son los propios interesados quienes deben consultar el Registro de Actos de Última Voluntad para averiguar si hay testamento. [1, 2]
- Posibles herederos: Si el fallecido tuvo hijos con otras parejas, esos hijos tienen exactamente los mismos derechos sobre la herencia (la parte que por ley les corresponde) que los hijos del matrimonio actual. [1]
- Parejas anteriores divorciadas: Las exparejas divorciadas no tienen derechos hereditarios sobre los bienes, salvo que exista una pensión compensatoria reconocida que deba seguir pagándose con cargo a la herencia. [1]
- Otras parejas sin vínculo legal: Las exparejas sin matrimonio ni registro formal carecen de derechos sucesorios automáticos, independientemente de que hayan tenido hijos en común
https://mundojuridico.info/derechos-hereditarios-del-conyuge-viudo-cuando-existen-hijos/
https://www.reddit.com/r/DerechoGenial/comments/1ns0opx/el_c%C3%B3nyuge_tiene_derecho_a_una_parte_de_bien/