Echar de una vivienda

Hace unos meses falleció mi madre sin dejar testamento. Sabemos que nos pertenece la herencia a todos los hermanos a partes iguales, pero quisiera saber si hasta que se reparta dicha herencia y se venda el piso, puede ser ocupada por uno de los hijos ( éste tiene vivienda propia ) o podemos echarle fuera de la vivienda, y dejarla cerrada hasta que se reparta todo. Lo mismo con huertas y otra casa. El tema de las huertas es el siguiente, han sembrado en las tierras y están disfrutando de la casa, se puede obligar a que no entren en la casa y dejen de sembrar hasta que no esté repartido todo.
Respuesta
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¿Lo qué aseguras que no hizo testamento lo dices por haber solicitado certificado de ultimas voluntades? Porque si no me parece arriesgado.
Una herencia hasta que no se acepta por los herederos, se renuncia, o se adjudica en lotes a los herederos se considera herencia yacente, es decir, ya es plenamente de los herederos y hasta que no se hagan las adjudicaciones correspondientes, cualquiera de los herederos puede administrar los bienes de la herencia pero en beneficio de la masa hereditaria. Es lo mismo que si hay un dinero que después del fallecimiento produce intereses, o rentas de alquileres, irán todos los beneficios ala masa hereditaria.
Por otra parte una matización, los bienes eran de tu madre, de tu padre, o eran gananciales...
Buenas tardes:
Quisiera aclararte el tema. El piso era de mi madre, mientras que las tierras y la casa del pueblo eran de mi padre. No existe ningún testamento por parte de ninguno de los dos, ni últimas voluntades.
Entonces, qué se puede hacer al respecto. Puedo obligar a cerrar el piso y la casa del pueblo hasta que se venda o nos pongamos de acuerdo en las reparticiones, y de esa forma los que están disfrutando de ello, dejarlos fuera. Gracias
Entiendo que mientras que el heredero ocupante no realice actos que vayan a perjudicar el valor de la casa o las tierras, y únicamente esté realizando actos de posesión y disfrute, no realiza ningún mal al resto de herederos. Unicamente lo que podéis exigirle es una renta por la utilización de unos bienes que son propiedad de todos los hermanos y los está disfrutando tan solo él.
Y si es un tema que te preocupa especialmente, intenta agilizar la manifestación y aceptación de la herencia mediante adjudicación de lotes, compensación en dinero de excesos de adjudicación, etc. antes de 6 meses desde el fallecimiento (problema fiscal del impuesto de sucesiones) y para clarificar cuanto antes la situación que parece que te es algo incómoda

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