¿Es exigir el catalán para acceder a un cargo público un acto discriminatorio?

Para acceder a un cargo publico en Baleares le exigen a uno saber catalán. ¿No es discriminatorio? Una persona que no ha nacido aquí no tiene las mismas oportunidades que el que si y entonces no hay igualdad, ¿me equivoco?. Ya sé que el catalán también es lengua oficial, ¿pero eso no ha de impedir que una persona que no sepa catalán no pueda acceder a un cargo público no?. Me gustaría saber si estoy en lo cierto y se trata de una acto discrminatorio y porqué, si es así, nadie lo lleva a los Tribunales. No tengo nada en contra de esta lengua pero yo no tengo las mismas oportunidades que los que han nacido aquí, ¿a mi me supone un esfuerzo y una inversión que a ellos no les supone y entonces no hay igualdad no?

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En mi opinión el no permitir a alguien participar en una oposición por no saber una lengua es discriminatorio. Otra cosa es que la Administración territorial sea libre en concursos u oposiciones que ella convoca de dar los puntos a los criterios que estime convenientes y que uno de estos sea el idioma local. Esto no solo lo considero legal sino también es comprensible.
Puedes tener otros puntos pero es cierto que para una persona que desconozca el idioma es mucho más difícil acceder a ese cargo
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El tema que planteas es bastante complejo, como cualquier otro en el que concurre un conflicto de intereses.
Ese conflicto viene dado por el reconocimiento que la Constitución Española manifiesta, tanto por el castellano como por las lenguas vernáculas de cada Comunidad.
Dice el Art. 3 de la Constitución: "1) - El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho de usarla. 2) - Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos".
Y así dice el Estatuto de Baleares en su Art. 3: "1) - La lengua catalana, propia de las Illes Baleares, tendrá junto con la castellana, el carácter de idioma oficial. 2) - Todos tienen el derecho de conocerla y utilizarla, y nadie podrá ser discriminado por razón del idioma".
Existe una clara evidencia, cualquier persona, en su trato con la Adminiostración Autonómica tiene el derecho de utilizar la lengua vernácula. Para ello, tiene que haber un interlocutor que la conozca.
Parece pues lógica la exigencia que planteas pues, de lo contrario, existiría también una clara discriminación.
He intentado buscar alguna Sentencia del Tribunal Constitucional y no he encontrado ninguna que abordara eexplícitamente este tema, pero implícitamente, parece que esta que te comento sería la doctyrina del T.C.

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