¿Cómo es un juicio de faltas por hurto?

Hace un par de meses tuve la desafortunada idea de robar un brillo de la labios en un hipermercado. Me pillaron, me llevaron al cuartito, me tomaron los datos y todo eso. Me dijeron que pagara la compra pero yo no llevaba suficiente efectivo, eran 53 euros o así. Quise pagar con tarjeta pero no me dejaron, así que llamaron la policía local que me pidió de nuevo el dni. El guardia jurado se mostró en todo momento muy amistoso conmigo y cuando llegó la policía local y le dijo que tenía que denunciarme, a ellos les dijo que sí, pero a mi me dijo que no me preocupara, que no iba a perder un día libre para denunciarme y que la cosa no iba a pasar de ahí. Yo llamé a mi hermano para que me trajera los 53 euros y poder pagar el maldito brillo, pero cuando llegó mi hermano, el mismo guardia me dijo que le había caído muy bien porque no le había dado ningún problema y que me podía marchar sin comprar el brillo, si le prometía que no iba a volver a hacer algo semejante, porque si volvía a verme hacerlo tendría que denunciarme.
Salí super avergonzada, me pareció una niñería tonta y me obligué a borrar de mi mente el episodio. Pero es que ahora que han pasado dos meses, me llega una carta del juzgado de instrucción y me dice que tengo un juicio de faltas dentro de dos meses por hurto. ¿Qué va a pasar ahora? Exactamente ¿Cómo es un jucio de faltas? En la carta dice que lleve documentación y pruebas para defenderme, pero yo no tengo nada de eso. Primero porque es cierto que me pillaron, pero también es cierto que si me marché sin el producto y sin pagarlo, es porque el guardia me juró que todo iba a quedar ahí, en el susto. ¿Podrían decirme qué me va a pasar en ese juicio? ¿Necesito un abogado? ¿Se presentará el guardia jurado que me pilló? ¿Qué consecuencias tiene entrar en un proceso así?

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Ay ay ay, esas chiquellerías...
Bueno, de todo se aprende. El juicio de faltas es un proceso muy simple y, por ello, no necesitas abogado, pero por su puesto si quisieras podrías llevarlo (a tu costa). Ahí estará seguramente el responsable del centro comercial y es posible también que el vigilante, pero este último no suele estar.
La carta dice que lleves pruebas porque ese proceso se "ventila" todo en el mismo momento, es decir, la acusación que hagan los denunciantes y la prueba en que se basen; y la defensa que tu puedas oponer y las pruebas en que te bases. Por eso te dicen que si tienes algo en tu defensa (testigos, documentos, SMS...) lo lleves en ese acto del juicio, porque una vez fuera ya no se podrá alegar nada.
¿Las consecuencias? Seguramente que una multa y ya está. No quedan antecedentes penales.
Que el vigilante te dijera entonces que no llegaría a nada no es ningún obstáculo para que la denuncia prospere. Aunque no te llevaras el producto sí que ejecutaste el acto punible.
Por favor: si considera contestada la pregunta, agradecería que la finalizara y puntuara según su criterio, para así poder quedar cerrada.

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