Costas de un juicio

Mi ex marido me puso una demanda porque quería pasar menos pensión alimenticia de la que pasaba;el caso es qie perdió el juicio y le han condenado a pagar las costas del mismo. Para pagar a puesto como condición qie sea en tres plazos.los dos primeros ya se lo han comunicado a mi abogada, pero yo no he cobrado ninguno.mi pregunta básicamente es si yo tengo que ir al juzgado para cobrar esas cantidades o cual es el método para cobrarlo. Espero haberme expresado de forma que entiendan y si no le pido disculpas. Muchas gracias

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Se ha expresado usted muy bien, y paso a contestarla. Cuando una persona resulta condenada en sentencia a pagar una cantidad, no puede poner ninguna condición ni fragmentar el pago: lo tiene que pagar todo, de una sola vez y sin pestañear. El asunto funciona así:
1º. Usted tiene encima de la mesa una sentencia de modificación de medidas que rechaza las pretensiones de su marido y le condena a pagar las costas del procedimiento, es decir, a su abogado (al de usted) y a su procurador. Pero nada a usted.
2º. Tanto su abogado como su procurador tienen que presentar una factura de honorarios en el juzgado, que, tras ser aceptada por el secretario, se la pasan a su marido. Este puede impugnarla, naturalmente, pero al final queda una determinada cantidad por este concepto de costas que deviene en firme, y que tiene que abonarse a la vista.
3º. Si no paga voluntariamente la cantidad fijada, se puede presentar una "demanda ejecutiva" para cobrarla, instando el embargo de nóminas o bienes que tenga el "ejecutado", es decir, su marido, incrementado todo en costas e intereses de la ejecución.
4º. En cuanto su procurador y su abogado hayan cobrado, deben devolverle a usted el dinero que pagó a estos profesionales, como trato habitual (puede que hayan llegado a otro acuerdo: en general se devuelve el dinero) por lo que queda así cumplida la condena de pago de costas contra su ex marido, y usted se ve beneficiada por la devolución de lo que pagó.
El paso 3º (la demanda ejecutiva) requiere una nueva demanda, un número de juicio y su propia tramitación, pero eso es cosa ya de los profesionales que la asistieron a usted.

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