Vivienda de protección oficial

Tengo una duda respecto a un tema de propiedades... Resulta que a mi novio le tocó un piso de protección oficial en Aragón, el adjudicatario es el de modo individual, firmó el contrato y tiene concedida la ayuda. El caso es que aunque el adjudicatario es el y todo está a su nombre hemos estado pagando el piso entre los dos desde el principio y en principio todo va bien pero a la larga yo quiero formalizar esta situación. Lo que quería es que me informases acerca de qué me conviene más, si meterme como coadjudicataria antes de escriturar aunque nos suponga una bajada de la ayuda recibida o si me sale mejor casarme más adelante en gananciales y cambiar la escritura para que sea un bien matrimonial (no sé el coste de esta gestión). Quería saber por coste que es lo más económico y también en general qué es lo más recomendable.

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Lo primero indicarle, que si el adjudicatario es su novio, puede perder la adjudicación si intentan escriturar a nombre de los dos... Esto lo tiene que preguntar en su comunidad autónoma o ayuntamiento.
En cuanto a casarse, aunque se casen en gananciales, el piso es privativo al ser adquirido antes del matrimonio y ademas, al ser de protección oficial, cualquier cambio supone la descatalogar la vivienda y para eso tendrían que devolver las ayudas... Ademas, luego tendrían que donar o vender la mitad de la vivienda a usted... Y como tendrá una hipoteca, también necesitaran la autorización del banco para realizar la operación.
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Buenas tardes,
Yo he preguntado por teléfono en el departamento del gobierno de Aragón qué pasa si una vez escriturado se casa la persona en gananciales y me han dicho que una vez escriturada la vivienda ya no se sigue el rastro, únicamente pedirían datos de la pareja antes de escriturar, así que esto no sería problema respecto a las ayudas por lo que me dicen.
Por otro lado, en caso de meterme antes de escriturar pedirían mis datos pero no se la quitarían porque yo también cumplo los criterios que exigen, lo único que podría pasar es que bajaran el importe de la ayuda concedida.
Mi duda es realmente, ¿ya sé que si se compró antes del matrimonio es un bien privativo pero una vez casados se puede hacer un cambio de escritura o alguna cesión por suparte de la vivienda como bien ganancial en lugar de privativo? ¿Podría ceder él este bien al matrimonio? ¿Qué coste tendría esto?
En caso te tener que cambiar la escritura, ¿cuánto cuesta aprox. si es por matrimonio?
No sé, lo hacemos por tener la ayuda completa pero lo que no quiero es que al final nos salga más caro.
Muchas gracias por su respuesta, espero su contestación también a estas últimas dudas. Gracias y un saludo.
El problema es que para poder registrar la vivienda a su nombre, figura una catalogación y el propio registro informa al organismo que la catalogo, pues ser una vivienda de protección implica limitaciones en su transmisión.
Casarse en gananciales significa que desde el matrimonio los bienes son en común, pero los anteriores o las posibles herencias, son privativos (solo de su titular). Para que usted sea propietaria solo se puede hacer una venta o donación del 50 %, pero que ademas, en el caso de tener hipoteca, tendría que ser autorizada por el banco.
Todos estos cambios, suponen pagar impuestos (dependiendo de cada comunidad autónoma), notario, gestoría, registro de la propiedad y todo esto en la mayoría de los casos se calcula en función del valor del inmueble, por lo tanto es caro y si necesita saber el precio exacto, tendrá que preguntar en la notaria.
Si usted puede ser incluida, desde el principio, esta es la mejor opción, pero asegúrese que puede, pues si las adjudicaciones son individuales, aunque usted cumpla los requisitos, puede que no le admitan a usted como cotitular y pierda la adjudicación. Mejor por escrito desde el gobierno de Aragon.
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