Penalización del 3% de ITP(dif. 8-5)Por joven que compra vivienda habitual si alquilo habitaciones?
Hace un año compré un
Piso y me beneficié del descuento de ITP al 5 % en vez del 8 % y comisión de
apertura de la hipoteca más baja… Como sabéis, una condición es estar como
mínimo 3 años viviendo en la vivienda adquirida.
La situación económica ha
Empeorado mucho en la familia y posiblemente me vea obligado a alquilar dos de
con mi madre y alquilar el piso entero.
En el caso que alquile
Habitaciones (con dos contratos de habitaciones, independientes), la vivienda seguiría
siendo a efectos legales mi primera vivienda, ¿no es así? De modo que no tendría
ninguna penalización, ¿verdad? (Penalización me refiero a tener que abonar la
diferencia del ITP del cual me beneficié hace un año y quizás más gastos que
desconozco…).
Y la otra pregunta; en el
Caso que me fuese a vivir con mi madre; habría alguna forma de seguir
empadronado en el piso hasta el tercer año como residente de una habitación, y
realizar un contrato para los inquilinos referente a una o dos habitaciones,
¿siendo realmente su uso el del total del piso? ¿Sería comprensible para los
inquilinos plantearles así el contrato cuando se les enseña el piso?
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Respuesta de J V
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Estoy en una situación parecido. No voy a dejar de vivir en la vivienda, pero sí me planteo alquilar una habitación. No tengo deducción el IRPF por compra, sólo lo tuve en el ITP y AJD. Por lo que por la respuestas anteriores, entiendo que no tendría problemas (es decir, que me intenten penalizar la deducción del ITP por haber pasado menos de 3 años desde la compra).Por otro lado, ¿cómo formalizo y declaro el alquiler de la habitación? ¿Qué deducciones son aplicables sobre ese ingreso (en Barcelona)? - Ramón García Barberá