Penalización del 3% de ITP(dif. 8-5)Por joven que compra vivienda habitual si alquilo habitaciones?
Hace un año compré un
Piso y me beneficié del descuento de ITP al 5 % en vez del 8 % y comisión de
apertura de la hipoteca más baja… Como sabéis, una condición es estar como
mínimo 3 años viviendo en la vivienda adquirida.
La situación económica ha
Empeorado mucho en la familia y posiblemente me vea obligado a alquilar dos de
las tres habitaciones que tiene el piso o bien, quizá lo mejor, irme a vivir
con mi madre y alquilar el piso entero.
En el caso que alquile
Habitaciones (con dos contratos de habitaciones, independientes), la vivienda seguiría
siendo a efectos legales mi primera vivienda, ¿no es así? De modo que no tendría
ninguna penalización, ¿verdad? (Penalización me refiero a tener que abonar la
diferencia del ITP del cual me beneficié hace un año y quizás más gastos que
desconozco…).
Y la otra pregunta; en el
Caso que me fuese a vivir con mi madre; habría alguna forma de seguir
empadronado en el piso hasta el tercer año como residente de una habitación, y
realizar un contrato para los inquilinos referente a una o dos habitaciones,
¿siendo realmente su uso el del total del piso? ¿Sería comprensible para los
inquilinos plantearles así el contrato cuando se les enseña el piso?
Estoy en una situación parecido. No voy a dejar de vivir en la vivienda, pero sí me planteo alquilar una habitación. No tengo deducción el IRPF por compra, sólo lo tuve en el ITP y AJD. Por lo que por la respuestas anteriores, entiendo que no tendría problemas (es decir, que me intenten penalizar la deducción del ITP por haber pasado menos de 3 años desde la compra).Por otro lado, ¿cómo formalizo y declaro el alquiler de la habitación? ¿Qué deducciones son aplicables sobre ese ingreso (en Barcelona)? - Ramón García Barberá