IBI de solar a vivienda construida

¿Puede exigirme el Ayuntamiento de mi localidad el pago del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) de una vivienda, en los años durante los cuales me la estaba construyendo?
Me explico mejor por si hay alguna duda: En el año 2002 empecé a construirme mi vivienda en un solar que me dejó en herencia mi padre. La acabé en 2008, con escritura de final de obra y cédula de habitabilidad en ese año. Pero el Ayuntamiento me reclama el pago del IBI de la vivienda (no del solar, que ya tengo pagado y me descuentan) de los últimos 4 años. Los demás ya han prescrito. ¿Es esto correcto? ¿Cómo pueden exigir la Contribución de algo que no existía todavía, ya que estaba en construcción?
La verdad es que he buscado en la Web y no consigo averiguarlo.

1 respuesta

Respuesta
1
No, no se lo pueden exigir, ahora, una vez que lo hacen, lo que tiene que hacer es solucionarlo usted administrativamente, posiblemente se trate de un error en la fecha de construcción de la vivienda en Catastro, compruébelo, para poder saber que expediente puede usted iniciar, o acuda a un abogado.
Gracias por su respuesta.
No obstante, me gustaría me indicara donde se precisa exactamente esa información en la Ley correspondiente (por ejemplo, artículo tal, punto tal, de la Ley tal). Lo necesito para indicarlo en el recurso contra el Ayuntamiento.
Respecto a su respuesta, me indica que posiblemente en el Catastro aparezca una fecha anterior. Acabo de comprobarlo y es así exactamente. Me aparece que la fecha de construcción es el año 2005. Pero en esa fecha la vivienda estaba "en construcción", ya que se terminó en 2008. ¿Cómo es posible que el Catastro tengan esa información? ¿Se podrá solucionar fácilmente?
En fin, espero me indique el articulado de la ley correspondiente.
Gracias.
Con sinceridad, no le voy a indicar el articulo en concreto porque me lo tendría que estudiar como si fuera un cliente, pero lo que si le digo es que la web del Catastro, es muy buena, y en ella puede acceder a toda su normativa. Con todo, bastará con que en su escrito, aporte la documentación relativa al final de la obra, y de inscripción en el Registro, incluso si acude al Catastro de su localidad, seguro que le facilitan la interposición de la reclamación. En cuanto a como tienen ese conocimiento, o bien porque coincidió con una revisión del municipio, o bien por cooperación con el Ayuntamiento, al que usted le debió pedir la licencia de obras.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas