Escriturar vivienda heredada

Heredo una vivienda sin escriturar, pero que ha pagado el ibi desde siempre.
En el ibi figura tanto suelo como construcción, la cual lleva muchos años
Tengo entendido que habría que pedir en ayuntamiento licencia de obra y legalizarla, para después escriturar. ¿Pero si en el ibi figura ya la construcción es señal de que ya ha sido legalizada por el ayuntamiento por los años que lleva y el barrio está recepcionado?

La vivienda esta en un barrio residencial, no en ninguna zona deshabitada. Son viviendas de autoconstrucción de los años 60

Comunidad de Andalucia

1 Respuesta

Respuesta
1

El que la vivienda aparezca en el IBI con la construcción ya reflejada, no tiene nada que ver con una legalización de la construcción, sino que lo mas seguro es que haya habido alguna revisión catastral, y el catastro de oficio haya dado de alta la vivienda, pero unicamente a estos efectos administrativos catastrales.

En su caso, entiendo lo mas procedente seria contactar con un arquitecto o arquitecto técnico para que le hiciera informe para la inscripción de la obra, en que constara que esta tiene mas de diez años, con lo que no habría de pedir la licencia.

Dicho informe, se aportaría a Escritura de Declaración de Obra Nueva, que debería otorgar ante Notario, luego pagar Actos Jurídicos Documentados, y finalmente inscribirlo en el Registro.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas