¿Me pillarán los del Catastro?

Hace tres años terminé la construcción de mi vivienda y hasta ahora, pese a tener la licencia de habitabilidad del ayuntamiento, me venia el IBI como solar.
En el Catastro me dijeron que la responsabilidad de inscribir la nueva vivienda era mía (no del ayuntamiento, como yo pensaba).. Así que mi pregunta es: ¿Cobrarán con efectos retroactivos la diferencia de IBI entre solar y vivienda?

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amigo/a:
Vamos a intentar ayudarte. Efectivamente es responsabilidad tuya darte de alta en el ayuntamiento. Si no lo haces, ¿qué puede pasar? Pues pagarás IBI como solar hasta que:
1º) hagan una revisión catastral y vean que no es un solar sino una casa y entonces te requieran para aportar la documentación de la construcción, proyecto, etc. Te requerirán declaración de obra nueva (la tienes ya parece) y ahí vendrá la fecha de ejecución del proyecto. Resultado: a pagar IBI desde que se ejecutó el proyecto con recargos correspondientes.
2º)quieras vender la casa y, a la hora de aportar el IBI, esté como solar. El comprador puede o no poner pegas, pero si va con su banco porque pide una hipoteca, el banco puede requerir que sea IBI de casa, no de parcela.
Al final, pillar te pillan. No te quepa la menor duda, todo depende de las necesidades de dinero que tenga el consistorio correspondiente en ese momento.

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