Pensión alimenticia

Hola mira, mi novio esta separado hace 5 años, ¿si no tiene el divorcio no nos podemos casar ni siquiera por lo civil? Y otra cosa, tiene una hija de 9 años. La pensión de manutención se hizo hace 5 años cuando la madre no trabajaba, ahora ella trabaja, ¿debe seguir pasándole mi novio la misma cantidad o al trabajar la madre tendrá que ser a medias? ¿Qué cantidad debe pasarle el padre si cobra 1000 euros al mes? La madre vive en un piso que es de la hermana de mi novio, por lo tanto no tiene que pagar alquiler ni vivienda. Y otra cosa, la madre le dijo a la niña que si la veía conmigo y con su padre la metía en un reformatorio, y la tiene amenzada y la niña lo esta pasando fatal porque cuando vamos los 3 nos tenemos que ir como mínimo a una hora de camino para que su madre no nos vea. ¿Qué puedo hacer? Espero su respuesta porque esetoy muy angustiada. Gracias de antemano.
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Se puede solicitar una modificación de medidas, alegando lo que aquí explica. El Juez a la vista de los gastos de la niña de los ingresos del padre y de la madre fijará una nueva cantidad. Para interponer una demanda de modificación de medidas definitivas se precisa abogado y procurador, los puede solicitar de oficio. Si su novio esta separado pueden aprovechar para hacer una demanda de diviorcio y allí solicitar la modificación de la pensión para la hija.
Si realmente tiene a la niña amenazada le pueden interponer una denuncia ante el juzgado de Guardia o ante la policía.

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Mientras que el matrimonio anterior no sea disuelto por divorcio o nulidad no puede contraer un nuevo matrimonio, ni por vía civil
Si su ex ha mejorado su situación económica puede pedir la modificación judicial de las medidas acordadas al variar la situación económica
No hay un porcentaje fijado por la ley para determinar la pensión a pagar, queda al acuerdo entre los padres aprobada por el juzgado, será el abogado a quien acuda quien deba negociar con el abogado de la otra parte y en su defecto defender ante el juzgado la aplicación de una pensión ajustada a la nueva situación económica
El padre tiene derecho a tener a la hija con él y la madre no lo puede impedir, si la madre incumple el régimen de visitas podéis denunciarla por ello
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Tratare de dar respuesta a todos tus interrogantes.
En primer lugar decirte que sin el divorcio, efectivamente es imposible que os caséis. Necesitáis el divoercio de el para ello.
En cuanto al tema de la pensión de alimentos, si las condiciones han variado desde el momento en que se firmaron, lo que tu pareja debería hacer es presentar una modificación de medidas. Con ello lo que se hace es tratar de acreditar que las condiciones que sirvieron de base para fijar la pensión, han cambiado, bien porque como es el caso que me indicas ella ahora trabaja o bien porque el tenga menos ingresos o por lo que sea. Pero debería plantear una modificación de medidas solicitando la rebaja de la pensión. Para ello se acriditaria que su ex pareja trabaja ahora, así como los gastos que ha de soportar tu pareja, y solicitar una reducción.
Para el tema de la vivienda, habría que estudiar con detenimiento el motivo por el que ella esta en esa vivienda, si es atribución judicial o como se ha fijado tal residencia, sin más datos es complicado darte solución a ello. Habría que conocer exactamente el proceso por el que vive ahí, si es como te digo por atribución judicial, contrato, cesión,,,,, precario. Hay que saber el motivo.
Con respecto a las amenazas, si es cierto que ocurren, yo en la modificación de medidas así lo haría constar y solicitaría el reconocimiento de la menor por el equpio psicosocial adscrito al juzgado a fin de que hablen con la niña y les cuente lo que pasa. Así como solicitaría un seguimiento por los servicios competentes a tal efecto.
Y finalmente respecto de la pensión a abonar, como te indico habría que ver cuales son las circunstancias reales de cada cual para proceder al calculo de lo que correspondería pasar. La jurisprudencia suele fijarlo en un 30% máximo de los ingresos, pero acreditanto que es imposible y que se tienen más gastos, esa cantidad se rebaja, a mayores si encima la madre ahora trabaja.
Nuestro departamento civil es experto en procedimientos de divorcio y trabajamos en toda España. Sera un placer si deseas más información y asesoramiento personalizado el que nos contactes.
Sin otro particular, quedo a la espera de confirmar que te ha orientado algo la respuesta, y a tu disposición para lo que precises.
¿La vivienda se la dejo mi novio porque tenia que darleun techo a la niña mientras sea menor de edad.que significa que la patria potestad es compartida y que la custodia es de la madre? El padre cobra 1100 euros y la madre unos 800 y la pensión que le pasa el padre es de 300 euros. ¿La madre también le tiene que pasar a la niña la misma cantidad?
¿Pero la vivienda es propiedad de tu novio? ¿O es de la hermana de tu novio como me pareció que me indicabas antes? Porque cambia radicalmente el punto de como enfocar y sobre todo como llegar a negociar la pensión en un momento determinado.
La patria potestad compartida, significa que es deber y derecho de los 2 decidir conjuntamente sobre las cosas del hijo. Es decir, ambos tienen derecho a decidir yhan de hacerlo conjuntamente sobre la educación, sanidad, y demás elementos básicos que darle, ofrecerle e inculcarle al menor. A ambos corresponden por igual esas decisiones, que digamos uno no puede decidir sin contar con el otro ( por ejemplo a que colegio enviarle, como ejemplo más básico) El que la guardia y custodia corresponda a la madre, significa que con ella es con quien esta el menor la mayoría del tiempo y a quien corresponde el cuidado digamos día a día y con qiuen duerme ( todo esto es siempre y en base a acuerdos modificable y modelable), correspondiendo a quien no tiene esa guarda y custodia, el régimen de visitas.
En cuanto a las cantidades que me indicas de sueldo, yo negociaría a la baja, y si no aceptase, y con los datos que me has indicado, presentaría una modificación de medidas a la baja,,,, quizás para ofertar 200/2255 máximo.
Respecto a la vivienda es de mi novio pero esta a nombre de su hermana.
Si la vivienda esta a nombre de la hermana, jurídicamente y a todos los efectos, legales y de propiedad, la vivienda es de la hermana de tu novio.
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Si su novio no se divorcia de su mujer no se puede casar usted con él. Si la situación económica de la mujer de su novio ha mejorado se puede presentar una demanda de modificación de la pensión de alimentos fijada en la sentencia de separación. La mujer de su novio no puede meter a la hija en un reformatorio o similar, esto solo lo puede decidir un juez si la hija comete algún delito o falta. Si tienen pruebas de las amenazas denuncien a la mujer por coaccones o amenazas y si resulta sentencia condenatoria preséntenla en el juzgado que haya llevado la separación para que le den la guarda y custodia a su novio.
Hola mira, mi novio esta separado hace 5 años, ¿si no tiene el divorcio no nos podemos casar ni siquiera por lo civil? Y otra cosa, tiene una hija de 9 años. La pensión de manutención se hizo hace 5 años cuando la madre no trabajaba, ahora ella trabaja, ¿debe seguir pasándole mi novio la misma cantidad o al trabajar la madre tendrá que ser a medias? ¿Qué cantidad debe pasarle el padre si cobra 1000 euros al mes? La madre vive en un piso que es de la hermana de mi novio, por lo tanto no tiene que pagar alquiler ni vivienda. Y otra cosa, la madre le dijo a la niña que si la veía conmigo y con su padre la metía en un reformatorio, y la tiene amenzada y la niña lo esta pasando fatal porque cuando vamos los 3 nos tenemos que ir como mínimo a una hora de camino para que su madre no nos vea. ¿Qué puedo hacer? Espero su respuesta porque esetoy muy angustiada. Gracias de antemano.
¿Pero cómo hacerlo si la única prueba es la niña? Y otra cosa, ¿qué significa que la patria potestad es compartida y la custodia de la madre?
El juez tendrá que escuchar a la niña en el juicio o antes para decidr si condenar o no a la mujer, y el juez que tenga que resolver sobre quitarle la guarda y custodia también.
La patria potestad consiste en velar por la hija, tenerla en su compañía, alimentarle, educarle y procurarle un formación integral y representarla y administrar sus bienes. Todos estos derechos los ejercen el padre y la madre, y solo se pierden si ellos renuncian, fallecen, se emancipa la hija o sea adoptada, o así lo establece una sentencia.
Que la custodia sea de la madre implica que la niña va a vivir más tiempo con la madre, y el padre vivirá con ella según el régimen de visitas que se haya fijado.
¿Pero la madre también tendría que pasarle manutención? No paga nada de vivienda puesto que la vivienda no es suya. El padre cobra 1100 euros y la madre 800 euros.
La sentencia o el convenio regulador de separación dice quién debe pagar la pensión alimenticia. Si se quiere cambiar esto se debe pedir al juzgado que ha tramitado la separación, mediante la correspondiente demanda de modificación de medidas, siempre que las circunstancias hayan variado respecto a las que existían en el procedimieno de separación.
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Si tu novio ya se casó, evidentemente si se quiere volver a casar, habrá de divorciarse antes.
Si la pensión de alimentos se estableció según unas condiciones de ingresos económicos de uno y otro, y estas condiciones de hace 5 años, han variado, se puede solicitar una modificación de las medidas acordadas hace 5 años. Pero hasta que no haya acuerdo en la modificación de la pensión de alimentos, bien de mutuo acuerdo o por decisión judicial, tiene que seguir pasando la misma pensión y no la puede reducir unilateralmente.
El procedimiento de divorcio, sería el cauce adecuado para solicitar del Juzgado tanto el divorcio como la modificación de las medidas.
Sobre unos 200/250 E. sería una pensión de alimentos ajustada, aunque habría que ver los ingresos de la madre, si la menor tiene alguna necesidad especial, etc.
Lo último que me cuentas, el Derecho no tiene solución, no tiene ningún fundamento lo que dice ella, pero no tiene la Justicia forma alguna para evitar que lo haga.
¿Qué significa que la patria potestad es compartida? Mira, los ingresos son, del padre 1100 y de la madre 800.
Que los representantes legales del menor (colegios, sanidad, viajer extranjero, DNI) son ambos padres. Y que en común tienen que tomar las decisiones importantes del menor.
Otra cosa y no hay que confundir es la guarda y custodia, que es aquel que tiene habitualmente al menor bajo su guarda.
¿Y de ela pensión que me dices?
Lo dicho, entre 200 y 250 Euros, sería lo razonable
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Si no tiene el divorcio, no puede contraer nuevo matrimonio.
En cuanto a lo de la pensión, lo que se tiene en cuentra fundamentalmente es la situación económica del padre que la pasa, y del hijo. Para modificar o extinguir esa pensión, han de variar sustancialmente las circunstancias pero de padre e hijo. Lo de la madre solo sería un dato a tener en cuenta pero no es determinante.
No hay una tabla que diga cuanto se tiene que pasar de pensión. (Hay tablas orientativas solamente). La misma la impone el juez en función de todas las circunstancias.

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