Seguro Zurich

Te he consultado ya en otras ocasiones por otros temas y te agradezco toda la ayuda que me has prestado, ha sido de gran utilidad.
En esta nueva consulta se trata de un seguro de coche contratado con zurich, el caso es que mi póliza esta dividida por trimestres y el 28 de septiembre me cobran la tercera cuota, el caso es que quiero cancelar el seguro y me dicen que no puedo a menos que cambie de propietario el coche ¿No puedo cancelar la póliza a mitad de curso? Veras me mudo y dejare el coche en la casa de mi familia y no lo usare, el caso es que no se si decir al banco que no pague la cuota ¿Qué consecuencias puede tener eso? Me dicen que es la única solución para cancelarlo y me parece un poco raro en fin dime que puedo hacer y que consecuencias puedo tener.
No se supone que si aviso con un preaviso de 2 meses no hay inconvenientes o eso es en caso de la cancelación total de la póliza en su plazo
Cabe destacar que no me han enviado ni la póliza de seguro actual se que la tengo porque me descuentan el dinero de la cuenta y porque he llamado y estoy en su sistema, ¿esto ayudaría en algo?

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Para cancelar el seguro tienes que enviar un burofax a la compañía solicitándolo, no valen las llamadas por teléfono ni el correo ordinario, porque en ambos casos no hay constancia
Si das orden al banco de que no pague te podrán presentar una reclamación judicial
Tienes que tener en cuenta la duración del contrato en cual vendrá en el contrato que firmasteis, probablemente será de un año
El plazo de duración en curso lo debes respetar, pero puedes oponerte a la prorroga con el preaviso de dos meses
El art 22 de la ley de contrato de seguro señala: La duración del contrato será determinada en la póliza, la cual no podrá fijar un plazo superior a diez años. Sin embargo, podrá establecer que se prorrogue una o más veces por un período no superior a un año cada vez.
Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso.
Lo dispuesto en los párrafos precedentes no será de aplicación en cuanto sea incompatible con la regulación del seguro sobre la vida.

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