¿Es obligatorio el seguro de vida en un préstamo?

¿Es obligatorio el seguro de vida en un préstamo personal?. En agosto de 2006 firme en un banco un préstamo personal por valor de 30.000 Euros, dicho préstamo lo firmamos dos titulares y una avalista con vivienda, a día de hoy, el saldo de dicho préstamo es de 19.000 Euros, estoy a paz y salvo en las cuotas sin ningún tipo de retraso pero el banco me llama diciéndome que la póliza de seguro de vida ha caducado y debo renovarla ósea debo contratar una nueva y comenzar a pagar otra vez el dichoso seguro de vida.
Mi pregunta es: si tengo un avalista el cual posee una vivienda embargable y con un valor muy superior al préstamo (150.000 Euros), ¿por qué es necesario que contrate y pague nuevamente un seguro de vida anual?, si mal no recuerdo dicho seguro era obligatorio solamente los primeros tres años de vida del préstamo, ¿por tal razón como puede obligarme la entidad bancaria a contratar dicho seguro?, y por último, si no contrato ningún seguro pero sigo pagando el préstamo religiosamente como hasta ahora, ¿es obligatorio por ley la contratación de dicho seguro de vida?.
Agradezco de antemano inmensamente tu respuesta, ya que los del banco me tienen `frito´, telefónicamente y no sé si la ley ampara mi decisión de no renovar dicho seguro con ellos (ya que lo que creo es que en su afán de recaudar aún más quieren sacar más dinero a la gente), o en su defecto ellos tienen la razón y debo pagarlo.

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En primer lugar unicamente estás obligado a contratar con el préstamo lo que en la póliza del préstamo del notario indicara, sino la tienes pide una copia en tu oficina y la revisas. Lo más normal es que no indique nada y que el acuerdo fuera verbal cuando te lo concedieron. Como dices todo viene del afán recaudatorio, que tu tengas un seguro de vida no le supone al banco ninguna garantía, aunque sí se pone como excusa para que lo firmes. La única finalidad es ganar más dinero. En estos tiempos los comerciales tenemos bastante presión comercial y el beneficio que aportan las pólizas de seguros es bastante atractivo.
Mi consejo es que revises la póliza y que no les hagas caso, al final dejaran de llamarte, no tienen ningún arma para obligarte, por eso no te preocupes.
Suerte!
Muchas gracias!, estoy muy agradecido contigo ya que si me cuesta pagar religiosamente dicho préstamo, más me costará pagar el dichoso seguro.
Muchas gracias!
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Efectivamente vd. tiene razón, en esa entidad tienen un afán infinito de recaudar. No le pueden obligar a tener un seguro de vida contratado y mucho menos con esa entidad. Por otro lado, nunca está de más tener un seguro de vida que cubra a nuestros familiares más próximos, que incluso pueden estar avalandonos, de un siniestro que nos pueda acontecer.
Valore vd. mismo si el coste del seguro de vida (que debería ser irrisorio para esas cantidades) le compensa, pero tenga claro que en ningún caso es obligatorio. Al contrario, aunque estuviera incluido en el contrato -cosa que dudo- sería una clausula abusiva. Quizás, incluso, le sea más intereante algún otro tipo de seguro como de accidentes, etc...
De verdad, muchas gracias!, estoy muy agradecido con vuestra asesoría, ya que si me cuesta pagar religiosamente dicho préstamo, más me costará pagar el dichoso seguro.
Nuevamente, muchas gracias!
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El seguro de vida no es obligatorio en un préstamo o, al menos, no lo era hasta hace dos años que me prejubile. Lo que pasa es que a los empleados de Banca les obligan a vender el seguro de vida junto con el préstamo.
La decisión esta en sus manos, si vd decide tener una cobertura por si acaso le pasa algo, Dios no lo quiera, contratelo, pero si, con la actual crisis, no quiere asumir más gastos, no lo gaga. En este ultimo caso, acuda inmediatamente a la oficina municipal de información al consumidor (OMIC) de su ciudad, ellos le pondrán las pilas al Banco.-
Si aclare sus dudas cierre y puntúe.
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En ningún caso es obligatorio el seguro de vida para un préstamo personal. No existe una Ley (ni nada parecido) que obligue a esta contratación. Ahora bien, lo que si puede existir es un acuerdo entre las partes en el que se vincule la concesión del préstamo o alguna de las condiciones de este (tipos de interés, plazo, ...) a la firma de un seguro de vida que debe mantenerse durante toda la vida del préstamo. Para ver si esto es así, lo mejor es que leáis la póliza que firmasteis ante notario, y en la que debe venir recogido este acuerdo. Si no viene en la póliza o en algún documento firmado entre los titulares del préstamo y algún apoderado de la entidad, no pueden obligaros a renovar ese seguro.
   Espero haberte aclarado algo. Si necesitas más ayuda no dudes en escribirme.

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