Escritura de obra terminada

¿Hola qué tal? Mi consulta es la siguiente: hace 10 años mi padre compró una vivienda en la playa. Yo voy a comprarme una casa y el me va a avalar con esa casa, le doy al banco los datos registrales y al sacar la nota simple figura como que está sin terminar la obra. Me piden la escritura y al leerla no aparece claro como que esté terminada, llaman al registro y les dicen que no figura como finalizada la obra. ¿Cómo podemos arreglar esto? La constructora todavía sigue por esa zona. ¿Tendrían qué arreglarnos ellos las escrituras o como tendríamos que hacerlo? Muchas gracias.

1 respuesta

Respuesta
1
La forma de corregir esa situación es a través de una declaración de obra nueva por notario que permitirá su inscripción en el registro de la propiedad, al tratarse de una obra ya terminada hace tiempo, los requisitos son:
1º Que se pruebe por certificación del Catastro o del ayuntamiento, por certificación técnica o por acta notarial, la terminación de la obra en fecha determinada y su descripción.
La certificación técnica implica un expediente de regularización, con el coste correspondiente, pero quizá sea la solución mejor.
El acta notarial, que será de las denominadas de notoriedad, requerirá la aportación de pruebas e informes técnicos que pueden encarecer la tramitación
Lo más utilizado suele ser la certificación expedida por el secretario del ayuntamiento, con el visto bueno del alcalde. También podría expedirse esta certificación por el arquitecto municipal o técnico que desarrollara esta función dentro del ayuntamiento
2º Que dicha fecha sea anterior al plazo previsto por la legislación aplicable para la prescripción de la infracción en que hubiera podido incurrir el edificante (normalmente son 4 años)
3º Que no conste en el Registro la práctica de anotación preventiva por incoación de expediente de disciplina urbanística sobre la finca que haya sido objeto de edificación

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas