¿Qué puedo hacer si no tengo casa ni dinero para cumplir los regímenes de visita con mi hijo?

Mis circunstancias son las siguientes: me separé legalmente, con Convenio Regulador, hace unos 5 años. Entonces tenia un empleo y unos ingresos que me permitían cumplir con lo firmado en el mismo. Ademas, también cumplía habitualmente lo estipulado en el régimen de visitas. Desde hace unos meses me encuentro sin empleo, cobrando el desempleo como dos terceras partes de lo que ganaba anteriormente. Y, para colmo, estoy viviendo en una habitación de un piso compartido, por lo que el régimen de visitas que tenia firmado para mi hijo de 14 años se me hace prácticamente imposible cumplirlo, aunque trato de estar con él un día a la semana, acompañándole y llevándole a comer. Pero nada más, pues no dispongo de un sitio adecuado dónde llevarle a pasar los fines de semana que me corresponden mi puedo permitirme económicamente otros gastos para poder hacerlo. Mi ex mujer no deja de presionarme en este sentido para que cumpla con el régimen de visitas, y ni yo puedo seguir abonándole lo mismo que económicamente firmé en su día.
¿Qué puedo y debo hacer?

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Debe interponer una demanda de modificación de medidas indicándole al juez su nueva situación aportando las pruebas que la acrediten, solicitando que se rebaje la pensión de alimentos de acuerdo a su nueva capacidad económica y que se establezca otro régimen de visitas.
Debe hacerlo a través de abogado y procurador.
En primer lugar, quisiera darle las gracias por su pronta respuesta y sus aclaraciones con respecto a las medidas a tomar.
Y en segundo lugar abusando de su amabilidad, dadas mis circunstancias personales, creo que voy a solicitar Abogado de oficio para realizar la demanda de la Modificación de las medidas de dicho Convenio Regulador.
Quisiera que me aclarara, si es posible, si a la hora de cuantificar mis ingresos económicos para poderlo solicitar, si tienen en cuenta solo ingresos del trabajo o del paro como es mi caso, o algún otro tipo de ingresos, pues al hacer la separación de bienes en su día, a mi ex le correspondió la vivienda habitual y a mi me compensó con una cantidad de dinero en efectivo, el cual me produce unos ingresos por intereses mínimos.
Dándole las gracias anticipadas, le saludo atentamente.
La comisión de justicia gratuita del colegio de abogados de su ciudad será la encargada de decidir si tiene derecho a ser beneficiario. Tenga en cuenta que cuando lo solicite, le asignarán uno, y será después cuando le digan si tiene que pagarle o no, es decir, si tiene derecho a abogado de oficio o no.
En la solicitud le indicarán toda la documentación que debe aportar, en principio se tendrá en cuenta los bienes muebles o inmuebles y los ingresos, pero desconozco los criterios de esa comisión.
Solamente darle las gracias de nuevo por su pronta respuesta, y en espera de que todos sus consejos me puedan servir de ayuda, le saludo muy atentamente.
Sinceramente, Manuel

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