Agrupación parcelaria con documento privado

Poseo una serie de ficas adquiridas mediante documento privado en 1975. Posteriormente se elevaron a públicas y fueron registradas en 1982. Dichas parcelas se encuentran agrupadas. Por determinadas razones, me piden que presente un documento publico de la agrupación de dichas parcelas. Yo no puedo presentar dicho documento pues nunca solicité agruparlas. Supongo que lo hizo el propio catastro para poder cobrar la contribución.
Mi pregunta es; ¿Se puede realizar una agrupación parcelaria con documentos privados de compraventa o deben estar elevadas a públicas para poder hacerlo?. Si no se puede hacer con doc privado y puesto que fueron agrupadas en 1975 por el catastro, y yo elevé a públicas las escrituras en 1982, se justifica que yo no pueda presentar dicho documento

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¿Cómo se encuentran inscritas en el registro de la propiedad? ¿Están agrupadas en él?
Las parcelas son todas colindantes entre sí y están inscritas en el registro como unidades independientes.
De todas formas replanteo mi pregunta, pues creo que no trasmití bien del todo mi cuestión.
Una serie de parcelas colindantes entre sí, todas ellas a nombre del mismo propietario, con documento privado de compraventa (sin elevarlas a público y por tanto sin pasar por el registro), ¿se pueden agrupar entre sí?.
Deberás primero tramitar su inscripción en el registro de la propiedad a nombre del propietario actual, esto es del comprador (bien a través de expediente de dominio o acta de notoriedad) y una vez lo tengas inscrito tramitar la concentración parcelaria

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