Preguntas de lego

Hola, un saludo cordial y gracias por su atención y su respuesta:
El asunto que le presento es el siguiente: Cono motivo de una novela que estoy escribiendo, y dado que soy un perfecto desconocedor del mundo del derecho, quisiera me respondiera a dos preguntas ya que ambos aspectos forman de alguna manera parte de la trama de esa novela a la que me refería, y como es lógico, ante mi desconocimiento, no quisiera figuraran en ella tratada de manera errónea. Las preguntas son las siguientes:
UNA: ¿Es posible presentar una denuncia o una querella en una ciudad distinta de aquella en la que reside el demandante o querellante?
DOS: ¿Es posible que alguien que comparece ante un juicio (el acusado) conozca los hechos de los que se le acusa pero desconozca la identidad de quien ha interpuesto la querella contra él? Pongo un ejemplo para clarificar el supuesto por si ello fuera necesario: Imaginemos a alguien que amenaza o extorsiona a varias personas, personas que no se conocen entre si pero cada una de ellas saben que esas amenazas o esas extorsiones las sufren más personas además de ellas mismas. Con el tiempo, una de esas personas (por el motivo que fuere) llega a conocer quien es el responsable de esas acciones pero tiene el temor de que si efectúa la denuncia o presenta una querella puede sufrir en el futuro represalias que vayan más allá de las amenazas o extorsiones que está sufriendo en la actualidad. ¿Es posible que esa persona, que conoce la identidad del que amenaza o extorsiona, por temor a represalias futuras, solicite al juez o a quien competa que su identidad permanezca oculta ante aquel a quien denuncia o aquel a quien ha presentado una querella o, por el contrario, éste siempre ha de conocer, además de los hechos que se le imputan, la identidad de quien lo denuncia? ¿Existe esta excepcionalidad? Si es así, ¿Tiene esta excepcionalidad alguna denominación específica en términos jurídicos?, y, en su caso, ¿cuál es, cuál su denominación?
Esperando su respuesta, reciba un muy cordial saludo. Me será de gran ayuda.

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Respuesta
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1ª.- La denuncia a la querella se debe presentar siempre en el lugar de comisión del delito. Si se presenta en un Juzgado distinto, se remitirán los autos al Juzgado del partido en que se cometió el delito
2ª.- En este caso, la identidad de la persona únicamente se podrá mantener en secreto si se presenta denuncia, nunca por querella. No existe un nombre específico para la figura jurídica, pero la que más se le asemeja es la de testigo protegido

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