Clausula de "aval bancario" de cantidades a cuenta
Perdona mi insisitencia me gustaría saber tu opinión sobre esta clausula:
"La cantidades entregadas por el comprador para el pago de las fincas vendidas hasta el momento de la entrega de llaves quedarán garantizadas mediante la constitución de un aval bancario emitido por el BBVA, los gastos del cual serán abonados por el vendedor. El comprador estará obligado a devolver este aval el día de la firma de la escritura de compraventa"
Pues bien, hoy era el último día del aval que tengo en m posesión, pone bien claro que ".. En todo caso la presente garantía quedará vencida por todo el día 30/06/08."
Mi pregunta es si puedo resolver el contrato por incumplimiento de esta clausula ya que el aval está vencido y a mi nadie me ha comunicado la prórroga del mismo. Y otra pregunta es que si es afirmativo que puedo resolver y les envío un burofax ellos pueden prorrogar este aval con carácter retroactivo o a partir de la fecha en que les envíe el burofax.
"La cantidades entregadas por el comprador para el pago de las fincas vendidas hasta el momento de la entrega de llaves quedarán garantizadas mediante la constitución de un aval bancario emitido por el BBVA, los gastos del cual serán abonados por el vendedor. El comprador estará obligado a devolver este aval el día de la firma de la escritura de compraventa"
Pues bien, hoy era el último día del aval que tengo en m posesión, pone bien claro que ".. En todo caso la presente garantía quedará vencida por todo el día 30/06/08."
Mi pregunta es si puedo resolver el contrato por incumplimiento de esta clausula ya que el aval está vencido y a mi nadie me ha comunicado la prórroga del mismo. Y otra pregunta es que si es afirmativo que puedo resolver y les envío un burofax ellos pueden prorrogar este aval con carácter retroactivo o a partir de la fecha en que les envíe el burofax.
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