¿Estando de excedencia se puede solicitar extinción de contrato por incumplimiento empresarial?

Mi esposa esta en situación de excedencia por cuidado de hija menor, por tanto no trabaja durante este periodo de excedencia.
Sin
Embargo, la empresa le debía unas nóminas (una paga extra y 3
mensualidades) de meses anteriores a que cogiera la excedencia y firmó
un documento con la empresa de cómo está se comprometía al pago de dicha deuda en 24 meses.
Los
3 primeros meses cumplió la empresa el pacto y la pagó, pero desde
entonces y hasta mayo de 2014 dejó de cumplir (9 meses de
incumplimiento).
Entendemos que se cumple el art.
50 ET para poder solicitar la extinción de contrato con indemnización
de 45 días por incumplimiento empresarial grave (falta de pago o retraso
en el abono del mismo), pero la pregunta es ¿el hecho de estar de
excedencia podría hacer que el juez deniegue nuestra petición de
extinción de contrato?
Entiendo que el estar de excedencia
Significa que el contrato está suspendido, pero no extinguido, con lo
cual, aunque suspendido sigue estando en vigor y entiendo que el
empresario tiene la obligación de cumplir sus responsabilidades y
deberes, cosa que dejó de cumplir durante 9 meses (falta de pago). Por
tanto ¿el qué esté de excedencia podría suponer que nos denieguen la
extinción o viendo los hechos el que esté de excedencia no implicaría
que nos lo denegaran?

2 respuestas

Respuesta
1

Estando de excedencia no tienes derecho a cobrar un sueldo tienes derecho a una vez finalizada a su reincorporación por lo tanto una vez que a pagado los 3 meses no tiene obligación de pagar mas

Creo que no me he explicado bien.

Por supuesto que al estar de excedencia no se trabaja y tampoco se cobra.

El asunto es que la empresa le debía a mi mujer 1 paga extra y 3 mensualidades, todas ellas correspondientes a cuando ella estaba trabajando y no había cogido aun la excedencia.

La empresa pacto con ella abonar esa deuda salarial en 24 meses y de esos 24 meses solo pagaron y cumplieron el calendario de pagos lis 3 primeros meses. desde entonces han transcurrido 9 meses de impago de dicho calendario de pagos. Pir eso hemos pedido extinción contrato por incumplimiento empresarial grave pero la cuestión es que mi espisa se encuentra en excedencia es decir con contrato suspendido. ¿este hecho podría implicar que el juez le conceda la extinción? El tener contrato suspendido no exime al empresario de cumplir con sus obligaciones y esta claro que durante 9 meses ha dejado de pagar. Pir ello ¿el que este de excedencia mi mujer podría suponer que no estimen la petición de extinción o al quedar claro el incumplimuento empresarial se la concederían?

Hay sentencias de petición de extinción de contrato por incumplimiento empresarial teniendo rl contrato suspendido?

Muchas gracias.

No lo se eso dependerá del juez pero según me aclaras ahora la empresa no a cumplido con lo pactado y puede ser un punto mas a favor de tu mujer yo en tu lugar haría una consulta a un abogado laboralista te cobrara 30 o 40 euros y os podrá asesorar mejor de que poder hacer

Respuesta
1

En efecto el estar de excedencia comporta una suspensión del contrato de trabajo y la suspensión de la mayoría de las obligaciones tanto para el trabajador como para el empresario pero no de todas.

Si el empresario tenía una deuda pendiente con su esposa y pactaron que se las abonaría en plazos si este no cumple mi consejo es que esperen a que finalice el periodo de excedencia, y una vez reincorporada al trabajo reclame esa cantidad al propio empresario y si no se la abona entonces reclamar ante la jurisdicción por falta de pago.

Ante todo muchas gracias por contestar.

El juicio sera el próximo mes, cuando todavía seguirá de excedencia.

Por tanto, insisto en la pregunta ¿el que se encuentre de excedencia podría suponer que el juez deniegue la petición de extinción? Entiendo que el incumplimiento empresarial es patente y como usted mismo ha dicho en su respuesta, el tener contrato suspendido implica que muchas obligaciones y deberes del empresario desaparecen, pero no todos.

¿hay jurisprudencia al respecto en el sentido de si el trabajador reclama la extinción basándose en incumplimiento empresarial teniendo el contrato suspendido? No creo que seamos los únicos que planteen esto. Seguramente habrá sentencias al respecto.

Le agradecería si nuevamente desea contestar.

Un saludo.

Disculpe pero no veo muy claro su caso, me falta información y revisar la demanda presentada.

Es cierto que las obligaciones del empresario no desaparecen todas, pero sí el pago del salario mientras el trabajador está de excedencia, aunque éste fueran atrasos de anteriores meses.

Bajo mi punto de visto, estando de excedencia no se puede solicitar la extinción del contrato de trabajo por falta de pago de salarios, si acaso se hubiera hecho la reclamación en su día antes de gozar de la excedencia, pero estando de excedencia no lo veo claro...

Si les han admitido la demanda es porqué el secretario judicial ve indicios y ve factible la celebración de un juicio.

Siento no poder ayudarles más.

Si no tiene más consultas, ¿podría cerrar la pregunta.

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