Cobrar el paro al volver del extranjero

He trabajado en España desde el 2004 hasta 2009, entonces me mude a Noruega donde he trabajado en el 2010 solo 3 meses del total de casi 3 años que he vivido en Oslo. Ahora en Junio del 2012 volvemos a España y quiero cobrar el paro que tengo acumulado ya que cuando salí de España no lo solicité. Ya tengo el E-301 de la oficina de Noruega, pero no se si me saldría mejor no presentar el E-301 y que me cuente el periodo cotizado desde que salí de España. También tengo dudas si tengo que cumplir un contrato de trabajo (aunque sea 1 día) para reactivar el paro.

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¿Conservas la documentación de tu ultima relación laboral en España?

Mira cuál fue la causa de cese y comentame.

Hola,

si, conservo la carta de despido y el certificado de empresa. Data de octubre 2009.

saludos

Si fue despido entiendo que sí tienes derecho a prestación, PERO...

Al pedirlo fuera de plazo te van a descontar todo el tiempo acumulado desde el nacimiento del derecho (fecha de despido) hasta la solicitud, y te vas a quedar sin.

Para no perder todo el acumulado busca un empleo y cotiza por un tiempo. Si se te está pasando por la cabeza buscar algún "amiguete" empresario que te contrate por un día debes saber que ese contrato sería en fraude de ley y se te excluiría 12 meses de recibir cualquier prestación de la seguridad social y el empresario, falta muy grave. Lo revisan caso por caso y este tendría "tufillo"

¿Qué debes hacer? Ves al SOIB, o llama, y haz allí todas las consultas que se te pasan por la cabeza (y si no te importa me pones al día, es una consulta interesante), pregunta si por tu condición de retornado, puedes hacer que el nacimiento del derecho sea posterior y no pierdas ese periodo.

Salut y força!

Gracias por la rápida respuesta. Entendería tu explicación si realmente no hubiera salido de España y no hubiera solicitado el paro en los 15 días siguientes al despido, pero al haber salido de España, no cambia la cosa?. Pensaba que igual volvía a tener 15 días después de llegar a España para solicitar el paro. Gracias por una segunda opinión.

Por otra parte, si que se me había pasado por la cabeza que algún conocido me contratara para hacer unas tareas determinadas de un par de días (por supuesto haciéndolas), es esto también fraude?.

Llamare al INEM y te mantengo informado, gracias de nuevo y perdona por darle mas vueltas al asunto.

Ya te digo "pregunta si por tu condición de retornado, puedes hacer que el nacimiento del derecho sea posterior y no pierdas ese periodo" con esto quería decir lo que tú comentas, busca que el derecho nazca con tu regreso al país, pero tendrás que preguntar en SOIB las condiciones.

Si Se produce efectiva prestación de servicios entiendo que no existe mala fe para conseguir prestaciones... pero no depende de mi, depende de quien lo revise el día que vayas a pedir el desempleo.

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