Suspensión de la paga extraordinaria navidad

Trabajo 20 horas semanales como fisioterapeuta en una residencia municipal .

He recibido una nota informativa comunicando que no me corresponde la paga extraordinaria de Navidad porque mi sueldo bruto anual, trabajando a jornada completa (no es mi caso) es superior a 13.469,4 euros, por la aplicación de Real Decreto ley 20/2012 del 13 de julio y que según el artículo 22.1 de la Ley 2/2012, de 29 de junio, soy personal del sector público.

Mi consulta es:

1. No trabajo a jornada completa, sólo 20 horas, por tanto, ¿se me puede aplicar la suspensión de la paga extraordinaria?.

2. ¿Se me puede considerar personal del sector público y aplicar el real decreto ley de julio?.

3. ¿Qué tipo de reclamación puedo hacer?.

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Solamente los funcionarios y trabajadores de cualquier administración pública de España que no lleguen a mileurista no verán suprimida la paga extra de Navidad. La medida, parte del decreto aprobado recientemente por el gobierno del PP, afecta a los funcionarios que cobren menos de 1,5 veces el salario mínimo interprofesional (SMI), es decir, 962 euros brutos independientemente de la la duración de la jornada laboral y afecta a todos los trabajadores y trabajadoras de las diferentes administraciones publicas del Estado, la central, la autonómica, o la municipal ya sean funcionarios por oposición o contratados como personal laboral para la realización de determinadas funciones para cualquier organismo publico.. Por lo tanto si tu sueldo mensual es inferior 1,5 veces el salario mínimo interprofesional (SMI), es decir, 962 euros brutos no te pueden aplicar la supresión de la paga de navidad porque no rebasas el umbral del 1,5 veces el SMI o lo que es lo mismo 962 euros al mes, pero si rebasas esa cantidad independientemente de que trabajas a jornada parcial te aplicaran dicha medida por lo que no podrás cobrar la paga de navidad del 2012.. por lo tanto si as sido contratada por una entidad publica te puedes considerar como personal del sector publico y por lo tanto afectada por el recorte de la paga de navidad si sobrepasas la cantidad ya mencionada, y no podrás interponer ningún tipo de reclamación y si no superas dicha cantidad, la reclamación por descuento indebido, la tienes que presentar en la entidad publica con la que formalizaste el contrato de trabajo Ayuntamiento, Diputación o gobierno autonómico.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/07/11/el-gobierno-suprimira-la-paga-extra-de-los-funcionarios-y-quita-los-moscosos/

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