Que prevalece la antigüedad de entrada o la antigüedad de categoría

Llegan las vacaciones y según mi numero de entrada me tocaría para octubre, pero según mis años de mi categoría me tocaría en septiembre. Que prevalece la antigüedad de entrada o antigüedad de mi categoría.

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Ese tipo de cuestiones las tienes que resolver por acuerdo con la empresa. No hay norma o sentencia al respecto que resuelva esa cuestión.

El convenio colectivo debería resolver ese dilema, si no dice nada se está a lo que acuerdes con la empresa o dado que no serás el único al que le pasa, sería importante que lo comentaras al Comité de empresa para que mediante pacto con la empresa fije el criterio a seguir.

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