Prestación de desempleo, tras excedencia voluntaria vencida Y sin trabajar durante la excedencia.

Hace dos años y medio pedí una excedencia voluntaria para terminar mis estudios. El día 3 de octubre de 2012 me vence la excedencia. Hace un mes notifique a la empresa mi intención de reincorporarme a mi puesto de trabajo, y me han comunicado que de momento no hay vacante disponible. Con esta negativa ¿Puedo pedir la prestación de desempleo? En estos dos años y medio de excedencia no he trabajado. En la empresa que solicite la excedencia llevaba trabajando casi 4 años. Muchas gracias. Tengo que seguir pagando la hipoteca y necesito saber si es posible.

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Así responden en el SEPE/INEM) tu pregunta: tras obtener la excedencia voluntaria, trabaja en otra empresa diferente, finaliza la relación laboral por causas no imputables a usted y solicita la prestación, podría tener derecho a la misma si la duración de la excedencia voluntaria no ha finalizado en el momento de la situación legal de desempleo y hasta que se pueda hacer efectiva su reincorporación a la empresa en la que está excedente. En este caso, si la duración de la prestación es superior a la duración del periodo de excedencia, cobrará la prestación hasta que finalice la excedencia, porque, a partir de ese momento, el abono de la prestación se suspenderá a la espera de que solicite su reincorporación a la empresa y ésta le responda. Si la empresa manifiesta la imposibilidad de aceptar su reincorporación por falta de vacante adecuada, o deniega la misma en ese momento pero admite el reingreso en una fecha futura, podrá continuar percibiendo la prestación por desempleo hasta la fecha de reincorporación a la empresa o hasta que la prestación finalice. Si el plazo de duración de la excedencia voluntaria ya hubiera transcurrido cuando solicita la prestación por desempleo o no estuviera previsto un periodo mínimo de duración de la excedencia concedida, está obligado a solicitar primero el reingreso en la empresa. Hasta tanto ésta no dé respuesta, no es posible resolver la solicitud de prestación por desempleo porque no se considera en situación legal de desempleo. Si la empresa responde que en ese momento no pueden reincorporarlo, ya estaría en situación legal de desempleo y podría resolverse su solicitud de prestación.
Espero que la respuesta siva para despejar las dudas.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

Hola, he podido leer en este foro el caso que me has comentado en la respuesta.

Si es posible me gustaría aclarar que yo no he trabajado en otra empresa durante mi excedencia y la respuesta (si la he entendido correctamente) es referente a una persona que trabaje en otra empresa durante el periodo de excedencia.

Teniendo en cuenta que:

La excedencia voluntaria finaliza el 3 de octubre de 2012

No he trabajado en ninguna empresa durante mi excedencia.

La empresa ya me ha manifestado mediante un escrito (firmado y sellado) la imposibilidad de incorporarme en ese momento por falta de vacante adecuada a mi categoría.

Mi pregunta es: ¿Tengo derecho a la prestación de desempleo?

Siento haberme explicado mal en la primera ocasión.

Disculpa las molestias

Un cordial saludo

Rafael

En la anterior respuesta no solo se refería a la posibilidad de acceder a la prestación por desempleo estando en excedencia voluntaria después de haber finalizado un contrato de trabajo en otra empresa, hasta la fecha de vencimiento de dicha excedencia, si no que también hace referencia a el derecho que tiene un trabajador en excedencia voluntaria a cobrar la prestación por desempleo si una vez agotada la fecha de vencimiento de la excedencia voluntaria solicita por escrito la reincorporación la empresa y la empresa responde que no le puede readmitir de momento por

La anterior respuesta no solo se refería a la posibilidad de acceder a la prestación por desempleo estando en excedencia voluntaria después de haber finalizado un contrato de trabajo en otra empresa, hasta la fecha de vencimiento de dicha excedencia, si no que también hace referencia al derecho que tiene un trabajador en excedencia voluntaria a cobrar la prestación por desempleo si una vez agotada la fecha de vencimiento de la excedencia voluntaria solicita por escrito la reincorporación la empresa y la empresa responde que no le puede readmitir de momento por no disponer de bacantes de su misma categoría o de similar categoría pero que en cuanto disponga de una bacante se lo notificaran para que se reintegre a la empresa, y ocupe el puesto de trabajo bacante entonces, el trabajador en excedencia podrá a ceder a la prestación por desempleo hasta que agote el tiempo que le corresponda de prestación o hasta que le llamen de la empresa ya que la imposibilidad de reincorporarse a la empresa le dejara en una situación legal de desempleo situación imprescindible para poder acceder a la prestación por desempleo.. Por lo tanto si a punto de finalizar la fecha de vencimiento de la excedencia voluntaria solicitas la reincorporación a tu puesto de trabajo y la empresa te responde siempre por escrito, que no dispone de bacantes pero que esta dispuesta a re admitirte en cuanto disponga de una bacante de la misma categoría o de una categoría similar con la respuesta por escrito de la empresa puedes solicitar la prestación por desempleo porque desde el momento en el que la empresa te responde que no dispone de bacantes te encuentras en situación legal de desempleo lo que te da derecho a percibir la prestación por desempleo hasta que la agotes o hasta que te llamen de la empresa.. Espero que la respuesta sea de utilidad,, No se te olvide finalizar la respuesta gracias y un saludo..

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