Despido, readmisión y despido a los cuatro días

Después de 6 años en una empresa de electricidad, el pasado 24 de mayo me despidieron. Denuncié por no estar de acuerdo con la indemnización, y en el juicio, el 16 de julio, me readmitieron, pagándome los meses que estuve sin trabajar. Me incorporé al trabajo el martes 17 y el viernes me despidieron de nuevo, poniendo a mi disposición la indemnización de 20 días por año, los 15 días de preaviso y los días de vacaciones que me correspondían. Yo firme la carta como no conforme. El dinero lo ingresaron en mi cuenta. El despido es por falta de trabajo. ¿ Me corresponde más indemnización o me conformo con los 20 días por año? Mi abogado me dice que con la nueva ley no hay mucho más donde rascar, y no se si si denunciar otra vez. En caso de que así sea, ¿podrían volver a readmitirme?


Muchas gracias

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Habría que ver qué cobraste en el primer despido y la antigüedad pero... así a bote pronto, yo sí denunciaría. Pediría que se reconociera la improcedencia del despido y reclamaría la diferencia de la indemnizaciones calculada a razón de 20 días y la calculada según despido improcedente: 33/45.

Si resides en Baleares mi bufete puede llevar tu caso.

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Hola otra vez.

En el primer despido no cobré indemnización, puesto que me readmitieron. En el segundo he cobrado 20 días por año. Es por falta de trabajo (lo que creo que si pueden demostrar). Por lo tanto no se si puedo reclamar los 45/33 días por año o sólo me corresponden los 20 que he recibido. Como me ha despedido a los 3 días de readmitírme, no se si eso puede jugar en mi favor o no tiene que ver...

No resido en Baleares, sino en Castilla y León, pero muchas gracias por su respuesta y ofrecimiento.

Definitivamente RECLAMA, y que justifiquen las causas con informes y demás. Al final todo dependerá del juez.

Mucha suerte.

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