Shutdown

Hola,
trabajo en una multinacional americana en Catalunya. Ahora tendremos algo llamado shutdown, que la empresa dice que van a cerrar 2 semanas durante navidad. Podemos usar días de vacaciones si nos quedan, y sino pues será 2 semanas sin que nos pagan. ¿Tenemos el convenio de comercio de metal. Es legal lo que están haciendo?
Saludos

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Shutdown es parada.
Si dicho periodo de paro no está contemplado en el calendario laboral se trata de una suspensión del contrato de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o derivadas de fuerza mayor.
Características
La suspensión de los contratos a iniciativa del empresario debe estar fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Se entiende que concurren estas causas cuando con la adopción de la suspensión se contribuya a superar la situación económica de la empresa, a garantizar su viabilidad futura y el empleo en la misma a través de una adecuada organización de sus recursos.
La documentación justificativa de la concurrencia de la causa alegada, requerirá necesariamente la acreditación de que se trata de una situación coyuntural de la empresa.
Procedimiento
A través de un Expediente de Regulación de Empleo con la siguiente variación: los tiempos establecidos para el período de consultas será en todo caso de quince días naturales.
Debe existir autorización administrativa para ello y si no la hubiese y la empresa parase tendríais derecho a que os pagasen las dos semanas bien mediante la interposición de un conflicto colectivo o mediante reclamación individual por conatidad.

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