Agotamiento plazo IT ¿Liquidación?

Estoy a la espera de una inspección médica. En la empresa en la que he trabajado 12 años (más 2 de baja) me tienen preparada la liquidación (en la que se explica que me dan de baja en la empresa por agotamiento plazo IT)pero no la he firmado pues hay algo que no me convence. Son 1800 euros por vacaciones/Navidad/beneficios. Esta es la frase que parece una trampa
"Con el percibo de dicha cantidad declara hallarse completamente saldado y finiquitado, por todos y cuantos devengos salariales le pudieran corresponder por razón de trabajo por cuenta de la mencionada empresa, no teniendo más que pedir ni reclamar por concepto salarial alguno, quedando totalmente rescindidas sus relaciones laborales que lo unían a la empresa"
Si firmo, ¿habré renunciado a una posible remuneración por esos 14 años? ¿Renuncio también al puesto de trabajo en el caso en que no me den la incapadidad? Si es una incapacidad por 2 años, ¿podría reincorporarme al trabajo? ¿Debe la empresa guardarme el puesto? Si me recupero quisiera volver a trabajar allí.
Se que son muchas cuestiones, pero necesito saberlo con urgencia.

1 Respuesta

Respuesta
En principio, la empresa no puede despedirle por agotar el plazo de IT: es absurdo si no hay declaración de incapacidad del trabajador. Si se diera esto último sí sería razón para declarar extinguida la relación laboral con la empresa (sería legal) y usted podría optar entre percibir la pensión por incapacidad o el desempleo contributivo a cargo del INEM -previa solicitud, claro está. Si la finalización de su contrato fuera la declaración de incapacidad, probablemente el finiquito que le ofrece la empresa sería correcto, ya que no se trata de un despido. Además, no existen incapacidades por dos años; por algo se denomina PERMANENTE -y no temporal- aunque es a partir de los dos años cuando puede ser revisada por agravación, mejoría o error de diagnóstico. No creo, por otra parte que le asista derecho alguno a que la empresa le guardara el puesto de trabajo por si se mejora; eso es pedir peras al olmo. Algunos convenios -sobre todo, en empresas grandes- contemplan la obligación de ubicar al trabajador declarado en incapacidad en otro puesto de trabajo diferente al que venia desarrollando, generalmente con contrato a tiempo parcial; con lo cual, ese trabajador no vería demasiado mermada su entrada de recursos.
Gracias! No olvide puntuar la respuesta!

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas