ERE y IRPF

La empresa me ha incluido en la lista de despidos de un Expediente de Regulación de Empleo por causas económicas. Me indemnizan con 45 días por año trabajado. Que parte de esta indemnización debo declarar en la declaración de la renta.

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La parte exenta en IRPF de las indemnizaciones por despido esta en función de la causa de dicha indemnización o motivo del despido. Le voy a relacionar a continuación todas las causas posibles, seguido de los días de salario por año de servicio que le corresponde en cada caso, y un tercer dato que es el objeto de su pregunta y donde le diré el máximo de mensualidades que estarían exentas de IRPF (con este dato debe dividir la indemnización percibida por su último salario cobrado incluidas las pagas extras prorrateadas).
La relación irá pues en este orden de datos:
Causa de la indemnización o motivo del despido; días de salario que le corresponderían; máximo de mensualidades exentas en IRPF.
*Despido improcedente disciplinario; 45; 42.
*Despido improcedente por causas objetivas en contratos de fomento a la contratación; 33; 24.
*Despido procedente por causas objetivas; 20; 12.
*Cese voluntario justificado:
-Por alteración de horario, jornada o turnos; 20; 9.
-Por traslado de centreo de trabajo que implique cambio de residencia; 20; 12.
-Por causas graves por parte del empresario (impago de salarios entre otras); 45; 42.
*Expediente de regulación de empleo; 20; 12. (Creo que este es su caso, estará pues sujeto a IRPF todo lo que exceda de su salario bruto en un año conforme a su última nómina cobrada normalmente pero incluyendo la prorrata de pagas).

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