Reducción de jornada por maternidad

Después de mi prestación por maternidad me incorpore a mi trabajo con una reducción de jornada a la que ambas partes llegamos de acuerdo, claro, a la TGSS comunicamos un cambio en el contrato de un contrato 189 a un 289, y al INSS presentamos un escrito de reducción de jornada sin indicar que era por guarda legal de un menor; redujimoa a 6 horas diarias aunque trabajo de 9 a 14h, y la sexta hora me la pagan pero la disfruto como lactancia; ahora llega el fin de la hora de la lactancia y creo que me van a reducir la jornada 5 horas como la que he estado desarrollando estos seis meses. ¿Mi pregunta es puedo negarme? Si no llegamos a un acuerdo creo que se puede rescindir el contrato, pero cual seria mi indemnización y como se calcularía, ¿en función de mi jornada completa o de mi reducción de jornada? Y la prestación por desempleo como se calcularía también, ¿cogiendo la base de la completa o de la reducida?
Un saludo.

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Si te han hecho una reducción de jornada por guarda legal tienen que respetar el contrato acordado y la concreción horaria, no pueden romperla puesto que este contrato te ampara hasta que tu hijo tenga unos ocho años. POr tanto, cuando se te acabe la lactancia tendrías que hacer tus seis horas y nunca cinco.
Si te despiden, que no lo harán, ellos a seguridad social le están pagando por tu jornada completa, eso un derecho cuando haces la reducción de jornada por guarda legal y a la hora de hacer un despido deberían coger la base reguladora del último año ya que has variado de jornada. Hay jurisprudencia que ha cogido la base reguladora de todo el periodo de contrato, pero es un poco complicado de decir puesto que habrás tenido nóminas a jornada completa, nóminas con baja maternal y ahora con reducción.
La prestación por desempleo se coge del certificado de empresa que marca los últimos seis meses de cotización, pero en tu caso no te afecta puesto que te tienen que cotizar por jornada completa. Comprueba tus nóminas desde que estas con el acuerdo.
Si necesitas algo más me lo dices.
Pero es que en el escrito que hicimos en el INEM no se indica nada de que la reducción sea por guarda legal de un menor, aunque si que es verdad que hay nominas a jornada completa, baja maternal y ahora reducción de jornada, estaría claro cual es el motivo de la reducción. Pero en mi nomina aparece una base de cotización menor que la de antes, por lo que deduzco que están cotizando por mi menos que antes, se hizo una modificación de contrato del 189 a 289 con un coeficiente del 0.750, se entiende que se va a cotizar por mi por ese porcentaje ...
Aun así si me despiden como tu dices se considerarai nulo, pero el miedo que tengo es que quieran reducirme una hora más y tenga que fastidiarme porque salariarmente ya no me compensa y estar aquí de malas, bastante ya me trago ...
Un saludo.
No pueden reducirte horas si estás por guarda legal. Si tu reducción ha sido por ese motivo entonces deben comunicarlo o por lo menos cotizarte por la nómina de jornada completa puesto que así es como funciona.
No es una reducción de jornada normal como pueden hacer a cualquiera por disminución del trabajo sino que tu motivo es por el cuidado de tu hijo, con lo que tu base de cotización de jornada completa te la tienen que respetar.
Tienes que hablar con ellos y decirte que te has asesorado y que las nóminas que tienes son por una cotización de reducción de jornada normal y no por guarda legal y que te expliquen el motivo de porque no te cotizan la jornada completa como tus nóminas anteriores y te cotizan como si hubieras hecho una reducción de jornada sin motivo de cuidado de hijos.
Como poderte despedir pueden hacerlo puesto que ya no te encuentras embarazada, que es cuando hay jurisprudencia y se considera nulo, ahora bien, es cierto que en tu situación ellos saldrían perdiendo puesto que no están respetando lo que marca la ley en cuanto a reducción de jornada por guarda legal.
Te aconsejo que cuanto antes lo manifiestes a tu empresa, que te lo comenten en persona y recalca que te has asesorado para que no puedan mentirte ya que hoy en día se escudan en el desconocimiento laboral.
Pero lo que te comento, ¿cómo en el escrito no se puso que era por guarda legal se pueden escudar en que la reducción de trabajo fue por otros motivos? También me comentaron ellos en su momento que si reducía mi jornada les venia muy bien por el poco trabajo que hoy hay en el despacho, porque trabajo en un despacho de abogados! Y si vieras como mi jefe se salta el ET con los que trabajamos es pa alucinarlo ... Por eso estoy tan segura que va a querer hacer alguna de las suyas como la que te comento y ya por ahí no paso. ¿Dónde pone que cuando reduces la jornada deben seguir cotizando por jornada completa?
Tienes que mirarlo en tu convenio, en excedencia, dime cual es tu convenció y te lo miro.
Además, la excedencia por guarda legal funciona así y tu lo puedes demostrar ahora bien, ¿cuándo te hicieron la reducción de jornada te pidieron documentación? Como horario de trabajo de tu pareja, horario de guardería o cualquier otro documento que justifique que te coges la reducción por motivo de tu hijo/a......es que en caso de no haberse hecho así es cuando carece de validez la guarda legal puesto que la empresa tiene que reconocerte ese derecho.
De todas formas no me sorprende nada que trabajes en un despacho de abogados y sean los primeros en hacer estas cosas mal. Son especialistas en saltarse la ley.
Entiendo que estas en el convenio de oficinas y despachos, ¿verdad?
Si, oficinas y despachos.
La reducción por guarda legal fue hablada y luego se hizo un documento presentado al INSS que unicamente decía que reducíamos la jornada a 6 horas diarias distribuidas de 9-14h y de 16 a 17h, aunque esta ultima no la he trabajado por el disfrute de la lactancia, que pasaba de un contrato a tiempo completo a uno a tiempo parcial; pero que mi base de cotización en las nominas ha bajado casi 500€, por lo que esta claro que están cotizando por mi por mucho menos!
Leí en una disposición adicional del ET que la indemnización en caso de rescisión del contrato es de 20 días por año y por ser la reducción por guarda legal se calcula en función de la base de cotización de jornada completa, pero mi prestación por desempleo no por mi ultima base de cotización! Es que tendría que demandarles pa reclamar todo lo que me deben y todo lo que se ha hecho mal y eso es lo que no quiero hacer no me gusta quedar mal con nadie pero es que a mi me están haciendo la puñeta, y lo que más me fastidiaría es que intentaran reducirme una hora más que en mi salario se repercute en unos 150€ menos y no puedo vivir con tan poco!
No pueden deducirte ninguna hora de reducción de jornada si es por guarda legal, la lactancia es un derecho que nada tiene que ver con la reducción de jornada, simplemente se descuenta una hora de tu jornada habitual de trabajo. No te deben cambiar la jornada. Por otro lado lo que dices del cálculo de despido de 20 días es un despido objetivo, ¿qué tiene que ver eso con la reducción de jornada? Si te despiden tiene que ser despido improcedente, ¿qué van a alegar para que se considere un despido objetivo? Este despido tiene que ser muy específico y dentro de los márgenes legales y solo se puede hacer si es demostrable pero con unos supuestos muy marcados con el tipo de despido, así que no te lo harán objetivo jamás y menos siendo madre.
Tienes que exigir que te coticen por la jornada completa, por eso el cálculo del despido es por jornada completa. De todas formas, confírmame que tu convenio es de oficinas y despachos.
Por cierto, dime de que comunidad eres para poder ver el convenio bien.
Granada.
Lo de los 20 días me refería a que he leído, creo que en el ET, que si quieren reducirte la jornada y no estas de acuerdo puedes rescindir el contrato y en ese caso te indemnizarían con 20 días por año.
Pero mi miedo es que como en el famoso escrito no se indico que la reducción era por guarda legal es lo que me tiene un poco nerviosa, y que también se pueden escudar en que se esta facturando mucho menos que años anteriores, que hay menos trabajo, que en sociedades de 2.010 se han declarado perdidas, ¿etc ... objetivamente se podría hacer?
Pero otra cosa, cuando me fui de baja contrataron en mi sustitución a una compañera que llevaba más tiempo que yo pero estaba sin contrato porque trabajaba en un organismo oficial, entonces ella trabajaba por las tardes sin contrato, ahora que ya no esta en ese organismo la contrataron sustituyéndome a mi, jornada completa, indefinida y en grupo 1, yo siempre estuve en el 5 a pesar que soy diplomada, es decir, que muy a las malas, teniendo que ir a juicio, podría demostrar que de objetivo nada puesto que se han hecho contrataciones posteriores ...
Vamos a ver por puntos.
1- Para que un despido se demuestre objetivo tiene que cumplir lo que marca el ET.
2- Deben darte un preaviso de quince días si es objetivo u horas de tu jornada para que puedas buscarte empleo.
3- Deben demostrar con cifras reales que la empresa se encuentra en decadencia económica.
4- Si entiendes que el motivo del despido es injusto porque es falso puedes aceptar la indemnización y demandar a la empresa para que te paguen por despido improcedente ya que las causas que alega no son veraces puesto que ha contratado a otra persona en tu lugar.
5- Si esa persona te estaba sustituyendo tiene que cumplir tu jornada, tu rango salarial, tu grupo de cotización, es decir, tiene que ser un calco de tu contrato de trabajo.
Así que tranquila porque tu, habiendo dado a luz y teniendo un hijo menor de 8 años estás amparada ante la ley. Se podría demostrar que no es un despido objetivo.
He visto el convenio y tienes suerte porque se acoge al estatuto de los trabajadores ya que si no aparece nada en el convenio hay siempre que irse al ET

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